Durante audiencia de apelación, la ONG católica ALA Sin Componenda afirmó que quienes defienden la implementación de la guía técnica de aborto terapéutico «no representan a las mujeres que aman la maternidad».
Lucero Ascarza
Este miércoles se llevó a cabo la audiencia de apelación en el caso contra el protocolo de aborto terapéutico, iniciado por la asociación civil Acción de Lucha Anticorrupción Sin Componenda o ALA Sin Componenda.
En julio del año pasado, el Primer Juzgado Constitucional de Lima declaró infundada la demanda de esta ONG católica. Ahora, son los jueces Rafael Jaeger, Doris Céspedes y María del Carmen Gallardo. de la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia, quienes deben resolver la apelación.
Un debate repetido
José Luis Garrido Lecca, abogado y representante de ALA Sin Componenda, afirmó que la sentencia del Primer Juzgado Constitucional presentaba un «conflicto de intereses entre el concebido y la madre». Uno de sus argumentos contra el fallo que desestimó su demanda es que se había errado en determinar qué se considera el inicio de la vida.
De acuerdo a Garrido Lecca, el inicio de la vida no puede considerarse desde la implantación del óvulo en el útero de la mujer, sino desde la fecundación, es decir, el momento en que el óvulo se une al espermatozoide.
Se trata del mismo argumento que presentó ALA Sin Componenda en su demanda contra la distribución de la píldora del día siguiente. Sin embargo, el Primer Juzgado Constitucional de Lima presentó el año pasado evidencia científica que pone fin a dicha controversia. Así, concluyó:
«Lo cierto es que si dicho embrión no se implanta en el cuerpo de la mujer sus posibilidades de desarrollo son nulas […] El término ‘concepción’ no puede ser comprendido como un momento o proceso excluyente del cuerpo de la mujer».
Sentencia que ordena distribución gratuita de la píldora del día siguiente.
«En defensa de la soberanía»
José Luis Olivera, procurador público en representación del Ministerio de Salud (Minsa) precisó ante la Cuarta Sala Civil que el origen del protocolo de aborto terapéutico responde a resoluciones del Comité de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Humanos y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, respecto a las ciudadanas K.L y L.C., quienes ganaron juicios ante el Estado peruano.
En ambos casos, se denunció la ausencia de un protocolo para aplicar el aborto terapéutico, aunque este es legal desde 1924. Así, cada solicitud de aborto terapéutico quedaba «a discrecionalidad de los médicos», indicó el abogado, lo que resultaba en la indefensión de las mujeres.
Según José Garrido Lecca, representante de ALA Sin Componenda, se trataría de recomendaciones de organismos internacionales que «solo sugieren pero no se entrometen». «Es deber de todo peruano defender la Constitución (…) defender la soberanía», dijo el abogado.
Ataque indirecto
Edith Arenaza, abogada del Centro de Promocion y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex), que forma parte del proceso como litisconsorte, precisó que la demanda de ALA Sin Componenda en el fondo está cuestionando el Artículo 119 del Código Penal, referido a la legalidad del aborto terapéutico. En ese caso, dijo Arenaza, la asociación católica debería seguir una demanda de inconstitucionalidad.
Además, reafirmó que la sentencia en primera instancia de la Corte Superior de Justicia de Lima sustenta bien que es necesaria una estandarización en la aplicación del aborto terapéutico, justamente por los casos de K.L. y L.C.
José Luis Garrido Lecca respondió que desde 1924 (año desde que el aborto terapéutico es legal), la ciencia ha avanzado y «ahora se salvan las dos vidas». Además, indicó que quienes defienden la aplicación del protocolo de aborto terapéutico «no representan a las mujeres que aman la maternidad».
La abogada de Promsex indicó que la ausencia de un protocolo afectaba sobre todo a las niñas y a las adolescentes. Por ello, recordó a la sala que L.C. tenía 13 años de edad cuando quedó paralizada desde el cuello para abajo por la demora de una intervención quirúrjica. En ese caso, la no aplicación del aborto terapéutico puso en riesgo su vida y su salud.
Demandas pendientes
Actualmente, existen dos demandas que buscan detener la aplicación del protocolo de aborto terapéutico a nivel nacional:
- ALA Sin Componenda presentó la primera en 2014. En julio de 2019, la Corte Superior de Justicia de Lima la declaró infundada pero la ONG presentó recurso de apelación y está pendiente un fallo al respecto.
- La asociación Centro de Estudios Jurídicos Santo Tomás Moro presentó la segunda en 2018. Este martes 14 de enero, la Corte Superior de Justicia de Lima declaró infundada la demanda.
La asociación ALA Sin Componenda fue fundada hace más de diez años por el sociólogo Francisco Loayza Galván, quien fuera asesor personal de Alberto Fujimori y cercano a Vladimiro Montesinos.
La asociación Centro de Estudios Jurídicos Santo Tomás Moro tiene como integrantes a miembros del colectivo Padres en Acción, que perdieron la demanda contra el enfoque de género, y de la asociación Cunas Salvadoras. Entre ellos, José Anderson, candidato del partido Contigo para el Congreso 2020.