En los últimos dos años, 86 mujeres murieron a causa de un aborto no atendido oportunamente. Seis eran niñas y adolescentes. Aquí una guía de lo que debes saber si te encuentras en una situación de riesgo.
- Si te encuentras en una situación post aborto y tienes dudas de tu estado de salud o presentas sintomatología que te hacen presumir que necesitas atención médica, acude de inmediato a un establecimiento de salud. Tienes el derecho de recibir una atención de emergencia médica en cualquier centro de salud pública, privada o mixta. Buscar este tipo de atención NO es un delito.
- El aborto incompleto, independientemente de su causa, provocada o espontánea, constituye una emergencia obstétrica, de atención obligatoria en todos los servicios de salud, de conformidad con las Guías de Práctica Clínica para la Atención de Emergencias Obstétricas. Una atención idónea y oportuna previene la mortalidad materna.
- Cuando seas atendida por el personal de salud de turno, limítate a brindar información sobre los síntomas y tu estado general de salud. No estás obligada a comunicar la causa del aborto, y no es necesario que des detalles de lo que causó el aborto. Así como tampoco el médico puede insistir en saberla. La conducta indagatoria del profesional de salud no tiene justificación médica, ya que el tratamiento estará determinado por tu condición clínica al momento de la consulta.
- El artículo 30 de la Ley General de Salud impone la obligación del personal de salud de denunciar cuando existan indicios de aborto criminal. En caso el profesional de salud decida denunciarte por aborto, recuerda que tienes en todo momento el derecho de guardar silencio y abstenerte de declarar así como exigir la presencia de un/a abogado/a defensor/a en todas las diligencias que requieran tu presencia (art. 71 Código Procesal Penal).
Negar atención de emergencia es considerada una falta muy grave y puede ocasionar una multa al centro de salud de hasta 500 UIT, según el artículo 20 del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD. Si alguna vez te encuentras en esta situación, comunícate inmediatamente con la Defensoría del Pueblo o la Superintendencia Nacional de Salud, llamando al número 0800-14900.
Fuentes:
Ley general de Salud, Ministerio de Salud y Código Procesal Penal