Buscan criminalizar relaciones consentidas entre adolescentes
El pasado 8 de junio, la Comisión de Mujer y Familia del Congreso aprobó un dictamen que busca penalizar las relaciones consentidas entre adolescentes, sin considerar las opiniones en contra del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp), el Ministerio de Salud (Minsa) y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus).
El Proyecto de Ley N.º 8335, impulsado por la congresista Milagros Jáuregui de Aguayo —principal promotora de la derogación de políticas de Educación Sexual Integral, de la bancada Renovación Popular— pretende elevar de 14 a 16 años la edad mínima para mantener relaciones sexuales entre adolescentes. Para ello, propone modificar los artículos 173 y 175 del Código Penal.
“Lo que se busca es dar una solución que maquille un problema muy real. Perú tiene una alta tasa de embarazo adolescente. Eso no lo vamos a negar. Pero la solución no está en criminalizar a los adolescentes que mantienen relaciones consentidas”, Shely Cabrera, abogada del movimiento Manuela Ramos, en diálogo con Wayka.
¿QUÉ SE PRETENDE MODIFICAR DEL ARTÍCULO 173 DEL CÓDIGO PENAL?
El ordenamiento jurídico peruano establece, en el artículo 173 del Código Penal, que no existe consentimiento —decisión libre, voluntaria e informada que tienen las personas sobre asuntos relacionados con su salud y su cuerpo— en relaciones sexuales con menores de 14 años, y que el acusado puede enfrentar penas de hasta cadena perpetua.
“En el caso de que una persona tenga relaciones sexuales con una niña menor de 14 años, se entiende que jamás hubo consentimiento; no se evalúa más la situación porque es una niña”, explica Cabrera. Sin embargo, aclara que la norma también distingue que pueden darse relaciones consentidas entre adolescentes.
Y es que la legislación también reconoce el derecho al consentimiento sexual para adolescentes de entre 14 y 18 años como parte de su salud y derechos sexuales. Este principio no solo está respaldado por el Código de los Niños y Adolescentes, sino también por pronunciamientos del Comité de Derechos del Niño de la ONU e, incluso, por sentencias del Tribunal Constitucional peruano en el 2012.
Para la abogada, la reforma del artículo 173 buscaría criminalizar las relaciones consentidas entre adolescentes de 14 a 16 años, restringiendo así su autonomía sexual.
¿QUÉ SE PRETENDE MODIFICAR DEL ARTÍCULO 175 DEL CÓDIGO PENAL?
El otro artículo que se busca modificar es el 175 —que regula la violación sexual mediante engaño—, el cual introduce matices en el juzgamiento de los casos. Esta norma permite analizar las situaciones de manera específica.
Para la abogada, la modificación de este artículo mezcla, por ejemplo, un caso de violencia sexual —como el de un adulto de 20 años con una niña de 13— con una relación sexual consentida entre una adolescente, quizás con los 18 recién cumplidos, y su pareja de 16 o 17 años. Es decir, se estarían equiparando situaciones completamente distintas.
En este contexto, Cabrera recalca la importancia de distinguir entre violencia sexual —actividad o contacto sexual que ocurre sin consentimiento— y libertad sexual; es decir, el derecho a decidir cómo, con quién y de qué manera se desarrolla la sexualidad.
MINJUS, MINSA Y MIMP EMITIERON OPINIONES DESFAVORABLES
El dictamen aprobado no tomó en cuenta las opiniones desfavorables emitidas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp), que señaló la propuesta de “desfavorable”; el Ministerio de Salud (Minsa), que indicó que debía ser “reevaluada”; y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus), que la consideró “no viable”.

El Minjus y el Mimp señalaron que la reforma de los artículos 173 y 175 del Código Penal no se ajusta al marco legal peruano, que sí permite las relaciones sexuales consentidas entre adolescentes de 14 a 18 años.


Por su parte, el Minsa y el MIMP advirtieron que la aprobación del proyecto de ley podría afectar derechos fundamentales, como la salud sexual y reproductiva. Alertaron que, de implementarse, muchos adolescentes optarían por no acudir a centros de salud por temor a ser denunciados, lo que aumentaría los embarazos no deseados, la mortalidad materna, los abortos inseguros y los casos de enfermedades de transmisión sexual.
Finalmente, para Cabrera, la congresista Jáuregui no solo pretende censurar la educación sexual integral y el enfoque de género, sino también desmontar las políticas preventivas. “Todo el partido tiene propuestas similares, entonces está yendo en función de atacar las políticas de prevención para maquillar los resultados, justamente, de la falta de prevención.
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