Amanda Meza
Jenny Trujillo y Darling Delfín son las madres de Dakarai, un niño que ya ha cumplido seis años de edad y desde que nació acompaña la lucha de su familia, una pareja lesbiana de origen peruano casada en México, para que se les reconozca en el documento de identidad infantil y se puedan garantizar los cuidados y responsabilidades que ambas tienen con él.
Las esposas, Darling y Jenny, llevan 14 años de relación y desde que nació su hijo han emprendido una dura lucha que ha llegado finalmente al Poder Judicial.
La histórica audiencia en el Segundo Juzgado Constitucional a cargo del juez Jonathan Valencia donde han expuesto su caso se realizó el jueves 13 de mayo con la ausencia de los demandados: el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), pese a estar notificados.
“En el año 2012 decidimos viajar a México por mejoras económicas. Ese mismo año nos casamos y en el año 2014 nació nuestro hijo Dakarai, cuya Acta de Nacimiento indica que sus madres somos Darling y yo, Jenny Trujillo. Ese mismo año, cuando nuestro bebé tenía 3 meses de nacido, decidimos volver al Perú porque extrañábamos a nuestra familia y queríamos que conocieran a nuestro hijo», expuso Jenny Trujillo, quien es la madre a la que el Estado peruano le sigue vulnerando el reconocimiento de su vínculo familiar, pues solo se considera a Darling en el DNI del menor y no a ella, cuando deben figurar el nombre y apellidos de las dos.
«Desde que ingresamos a Perú con nuestro hijo de apenas 3 meses de nacido, nos enfrentamos con varios problemas, nuestro hijo fue tratado como un turista siendo hijo de peruanas. Fue discriminado al ser tratado diferente a otros hijos de peruanos nacidos en el extranjero. Luego de esto tuvimos que salir hasta 2 veces para extender su visa de turista. Lo cual nos generó deudas, algo que no pasan otras familias», explicó.
En 2016, el niño fue inscrito en el Registro de hijos de peruanos nacidos en el Extranjero de Migraciones. El Acta de registro como peruano nacido en el extranjero deja constancia que ambas somos sus madres, es decir, aparecen los nombres de las dos.
El mismo año solicitaron al RENIEC que emita el DNI del niño, pero la institución solo incluyó el nombre de una de ellas, dejando de lado a Jenny Trujillo, a pesar de contar con los documentos migratorios del gobierno mexicano y peruano que sí reconocen a las dos como madres de Dakarai.
“Reniec nos entregó un DNI incompleto, un DNI discriminatorio, donde legalmente le quitan a mi hijo a una de sus madres. Con este DNI yo no puedo llevarlo sola al hospital y tomar decisiones sobre su salud. Con este DNI no puedo llevarlo y matricularlo al colegio, no puedo afiliarlo a mi seguro de salud. Con este DNI no puedo salir de viaje con él”, dijo Jenny Trujillo ante el juez.
“Ese DNI me causa estrés, ese DNI es una vergüenza, yo lo escondo para que mi hijo no lo lea porque no quiero que me pregunte por qué no aparece mi nombre en su DNI. Mi pequeño puede pensar que hay algo malo en su familia y eso no es verdad, lo único que hay en nuestra familia es amor. No es justo que mi hijo llegue a Perú y pierda sus derechos a la protección y representación de sus madres como lo tienen sus primos y primas”, agregó en la audiencia.
En tanto, Yolanda Tito, abogada constitucionalista por Demus, LIFS y Más Igualdad Perú, -quienes acompañan el caso-, señaló que la demanda contra Reniec aspira a que se incorpore en su registro el vínculo materno-filial de la demandante Jenny Trujillo y se emita un nuevo DNI donde figuren ambas madres.
“Solo se trata de una verdad universal: que una madre siempre busca justicia para su hijo, UN DNI que verdaderamente lo identifique”, sostuvo.
RESPALDO DE INSTITUCIONES
Dos instituciones importantes apoyan la exigencia de las madres lesbianas y su hijo. El Centro de Derechos Humanos del American University Washington College of Law en conjunto con la Facultad de Derecho de la Universidad del Pacífico que ha enviado un documento especializado que indica por qué razones la demanda de esta familia debe tener una sentencia que las favorezca (Amicus Curiae). Y la de Defensoría del Pueblo que concluye que la actuación de la RENIEC vulnera los derechos fundamentales del niño.
El juez debe emitir sentencia en un plazo razonable de cinco días en este caso que –según las demandantes- vulnera el derecho al nombre, a la identidad, a la personalidad jurídica, derecho a la protección de la familia y a no ser discriminado por la orientación sexual de sus madres.