La Coordinadora de Derechos Humanos alerta de un desalojo arbitrario a más de 1000 personas entre niños, mujeres y ancianos de la comunidad de Tantacalla en Cusco tras una sentencia emitida por la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco
Por: Ghiomara Rafaele
La existencia de los pueblos originarios en el Perú es ancestral. Uno de ellos: Tantacalla, ubicado a seis horas de Cusco. A pesar de que en 1926 sufrieron el despojo de sus tierras y, recién, en 1988 lograron obtener sus títulos de propiedad, el hacendado Luis Paz Vizcarra los demandó con un certificado de inscripción registral prescrito para desalojarlos de sus tierras.
Según la abogada del caso, Karina Baca, el documento presentado por Paz Vizcarra es una disposición de voluntad que desalojaría arbitrariamente a comuneros de su espacio de vivienda, educación y trabajo vulnerando sus derechos fundamentales y derechos colectivos.
«En Tantacalla no solo se cuenta con viviendas, sino con un colegio y una posta. Vulnera completamente los derechos fundamentales y colectivos, dado que Tantacalla no solo es el domicilio, sino es SU centro de trabajo y ellos están íntimamente vinculados con su tierra. Incluso, desalojarlos, llega a ser un delito de lesa humanidad», declara Baca.

Un proceso de más de 15 años
El proceso de demanda inició en el 2005 con el objetivo de anular el título de propiedad de los comuneros obtenido en la década de los ochenta. Las tierras reclamadas por Paz Vizcarra son 1320 hectáreas, en donde habitan más de 1000 personas. El título de propiedad de Paz Vizcarra es un documento que habría prescrito y que usó para demandar a los comuneros de la zona por “nulidad e insubsistencia parcial del título de propiedad, cancelación parcial del asiento de inscripción registral y reivindicación de las tierras de la comunidad”.
Después de 18 años, la Segunda Sala, presidida por el juez Luis Peña Mendoza, emitió su veredicto: desalojar a los comuneros de Tantacalla el 24 de marzo a las 10 a.m. En dicha sentencia añade que se hará uso de maquinaria pesada para derribar las construcciones de hogares, un colegio y posta. Además “exhortó a las comunidades aledañas de CHANKA, QUENKONAY, TIWICTY, MASKA y demás comunidades de que no interfieran con la presente diligencia bajo apercibimiento de detención corporal”.

Se vulneran instrumentos nacionales e internacionales
Por otro lado, la Coordinadora de Derechos Humanos (CNDDHH) alertó sobre un desalojo arbitrario y resaltó la vulneración de los derechos de los pueblos indígenas amparados en instrumentos nacionales e internacionales de derechos humanos.
“Dicha sentencia vulnera el derecho de los territorios ancestrales, amparados en instrumentos nacionales e internacionales de derechos humanos. Además, puede generar, en las actuales circunstancias que vive el país, altos costos sociales y humanitarios” señala Miguel Jugo, secretario de la CNDDHH.
Entre los instrumentos internacionales vulnerados por la sentencia de la Corte Superior de Cusco se encuentran el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la jurisprudencia de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH). Así como la Jurisdicción Especial Comunal reconocida por la Constitución y la Ley Nº 24657 sobre caducidad de la acción y vencimiento de plazos en la tramitación administrativa.
Además, Karina Baca declara que la comunidad de Tantacalla no es la única que está atravesando por estos procesos de desalojos arbitrarios. Añade que son cerca de seis hacendados los que iniciaron procesos de demanda contra comunidades campesinas por posesión de tierras.