Apenas el 1,3% de empleadores registró los contratos de trabajadoras del hogar en todo el país.

La ley que define el rango laboral de las trabajadoras del hogar, y les reconoce derechos y beneficios, está vigente desde hace cuatro años, pero persisten trabas para su cumplimento. Estas mujeres son expuestas a despidos arbitrarios, recortes de salario y hasta agresiones psicológicas o de tipo sexual. Son principalmente migrantes de provincia que se concentran en Lima y no tienen documentos que puedan demostrar un vínculo laboral ante un posible abuso.*

Por: Kevin Huamani

Yadhira es una joven trabajadora de la provincia de Abancay, en Apurímac. Ella es una de las muchas migrantes que llegan a Lima desde provincia, en busca de una mejor oportunidad laboral. En 2015, ella ingresó a trabajar en una casa de La Molina, bajo la modalidad “cama adentro”, ahora denominada “con residencia”, y que implica permanecer en casa del empleador las 24 horas del día.  Su jornada era de lunes a sábado, de 7 a.m.  a 9 p.m., y tenía prohibido servirse la misma comida que preparaba para los dueños del hogar. Su primer sueldo fue de S/1.200, en teoría, pues la agencia de empleos que la contactó con dicha familia le descontó S/480 por haberle conseguido el trabajo. 

Hoy, este cobro es ilegal. La Ley N° 31047, Ley de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar, aprobada en octubre del 2020, prohíbe en el artículo 14 efectuar un perjuicio económico a las trabajadoras y más aún impide la intermediación de agencias de trabajadoras del hogar o cualquier tercerización laboral. 

“La ley prohíbe cancelar algún tipo de estipendio a favor de estas entidades que reclutan a personal (trabajadoras del hogar) que realizan estas labores. Al contrario, la misma norma advierte que, de darse ello, deberíamos denunciar”, explica Hernán Murgas Solórzano, intendente regional de Lima de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). 

Murgas cuenta que ha conocido de agencias que dicen no serlo pero que en la práctica funcionan como tales: reclutan personas, las capacitan y esperan pedidos de contrataciones a cambio de un cobro futuro, que equivale a medio sueldo o un sueldo entero de la trabajadora. “Las reclutadoras de trabajadoras del hogar no deberían cobrar ni siquiera por tests y exámenes médicos. Si quieren hacer ese cobro, deberían firmar algún tipo de contrato, un contrato civil por ejemplo, que tampoco está prohibido, pero que se plasme en ese documento qué servicios va a dar la agencia”, añadió.

Hernán Murgas, intendente Regional de Lima (Foto: Difusión)

La Ley N° 31047 exige la firma de un contrato entre el empleador y la empleada donde se fijen los términos del servicio a prestar y se garantice los derechos y beneficios sociales correspondientes. Un modelo de este documento puede ser descargado del portal del Ministerio de Trabajo y luego registrado por la entidad. La norma establece que la remuneración no puede ser inferior al salario mínimo y el cálculo de las horas extras debe seguir las reglas del régimen laboral general de la actividad privada. Asimismo, el empleador está obligado a entregar una boleta de pago que contenga el monto remunerativo y los aportes y descuentos aplicados.

También tienen derecho a descanso remunerado, feriados y vacaciones. En el artículo 9 de la ley se señala que las trabajadoras deben recibir la gratificación por Fiestas Patrias y Navidad equivalente a una remuneración mensual, y acceder a un seguro social de salud y al sistema de pensiones. 

Cuando se trata de empleadas que laboran por horas, les corresponde los beneficios a aquellas que el total de su jornada laboral dividida entre los días trabajados sea en promedio no menor de cuatro horas diarias. Sin embargo, aún persiste una gran brecha entre lo que debería darse según la ley y lo que realmente ocurre en la sociedad.

Yadhira, por ejemplo, ahora es trabajadora del hogar los sábados y domingos, y algunos días feriados, según lo soliciten sus empleadores. “Hemos quedado (con la empleadora) de 7 a.m. a 7 p.m., pero no es así. A las 6 a.m. ya estoy en la cocina trabajando, haciendo el desayuno y a las 10 p.m. estoy entrando a mi cuarto. No tengo otro trabajo y estoy que aguanto”, explica la trabajadora de 33 años. La joven duerme en casa de sus empleadores debido a la lejanía de su vivienda, pero quedarse implica que los dueños interpreten que ella está a su disposición. 

Yadhira dice no conocer a profundidad lo que dice la ley que regula el trabajo que realiza. “Solo he escuchado algo. Dice que hay vacaciones y eso. Mi jefa me dice que a mi no me corresponde nada. Yo ya cumplí trabajando dos años con ella y no tengo ningún beneficio. No tengo seguro, navidad, 28 de Julio ni nada”.

A puerta cerrada

“Trabajar en casa es cerrar la puerta y que nadie sepa lo qué pasa dentro”, dice Paulina Luza, secretaria general del Sindicato Nacional de Trabajadoras del Hogar del Perú (Sintrahogarp). La dirigenta participó en la reciente 112 Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra, Suiza, celebrada entre el 3 y 14 de junio. Allí reivindicó el rol de las trabajadoras del hogar en la sociedad y su importancia en la economía del cuidado. Para la líder sindical, las agencias de trabajadoras del hogar son como un nudo que mantiene a las trabajadoras del hogar en la precariedad. “Colocan a las trabajadoras del hogar y las mueven hasta tres meses durante el año y les generan inestabilidad laboral”. 

La informalidad en las trabajadoras del hogar es un problema vigente a casi cuatro años de aprobada la Ley N° 31047. Según los datos del Ministerio de Trabajo (MTPE), hasta el 2023 habían 5.573 contratos formales de trabajadoras del hogar en todo el país. Sin embargo, la Encuesta Nacional de Hogares 2022 señala que para el 2022, la población económicamente activa ocupada (PEA ocupada) dedicada al rubro de trabajos domésticos y del cuidado era 406 mil 438 personas. Es decir, un 98.7% de trabajadoras de este rubro estaría laborando en la informalidad, mediante contratos verbales, sin respeto a sus horarios, ausencia de beneficios, seguro y expuestas a maltratos. 

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define a la contratación equitativa como una iniciativa a nivel mundial que busca mejorar las prácticas de contratación de trabajadores. Precisamente, uno de sus principios establece que los trabajadores no deben pagar “comisiones de contratación” ni algún otro concepto. Enfatiza también en que mientras haya más intermediarios en el proceso de contratación, hay más riesgo de que se produzcan hechos contrarios a la contratación equitativa.

La Sunafil no tiene facultades para inspeccionar directamente el reclutamiento y captación de trabajadoras del hogar por parte de las agencias de empleo, pues su función es analizar el vínculo entre empleada y empleador directo, en este caso, la persona o familia que requiere el servicio. Según el artículo 14 de la ley de las trabajadoras del hogar, le corresponde al Ministerio de Trabajo realizar el control de las agencias de empleo, exigir su registro, emitir sanciones sobre ellas en casos de incumplimiento, y prevenir posibles casos de explotación o trata.

Hasta el cierre de este informe, el Ministerio de Trabajo no respondió a la solicitud de entrevista para profundizar sobre las acciones de fiscalización y difusión de los derechos de las trabajadoras.

Sin embargo, para una trabajadora del hogar en situación de informalidad, denunciar algún tipo de abuso, maltrato, falta de pago o condiciones de trabajo precarias resulta ser una tarea casi imposible.

Hernán Murgas, de la Sunafil, señala que son tres los requisitos básicos que se deben acreditar para que las autoridades fiscales, e incluso judiciales, puedan intervenir. Estas son contar con una remuneración permanente, demostrar la subordinación y la prestación directa del servicio. “Sería bueno que las trabajadoras tengan medios probatorios como fotos, mensajes por Whatsapp o testigos, de lo contrario nos dejan en cero”, comenta el intendente con respecto a las evidencias que deben presentar las trabajadoras para sustentar su denuncia y que el proceso sancionador de Sunafil puede ejecutarse.

Murgas recomienda denunciar los abusos cuando la trabajadora mantiene el vínculo laboral con los empleadores y no después de un despido. Según la autoridad, las denuncias se pueden hacer de manera reservada. Bajo esa modalidad se puede coordinar la visita de un inspector para ubicar a la trabajadora denunciante en su centro de trabajo y así levantar el acta que acredite las condiciones en las que labora la trabajadora del hogar. Por último, comentó que la Sunafil habilitó el aplicativo para dispositivos móviles “Sunafil En Tus Manos” para que las trabajadoras puedan hacer sus denuncias de manera virtual. Cabe resaltar que la plataforma permite mantener la confidencialidad de la identidad y enviar fotos u otro archivo como sustento. 

Obdulia Guevara Neyra, secretaria de Organización del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores del Hogar de la Región Lima (Sinttrahol), declara que la Sunafil puede tardar hasta más de un año en decidir si una denuncia procede o no justamente por el asunto de las pruebas que tienen que demostrar el vínculo laboral entre las partes. 

Para Guevara es clave realizar campañas de difusión sobre la Ley de Trabajadoras del Hogar para que ellas conozcan sus derechos, y sus empleadores sepan las obligaciones que tienen. “Se dijo que [el Ministerio de Trabajo] iba a realizar tres campañas de difusión anual para trabajadoras y empleadores pero no se han hecho. El año pasado, por exigencia nuestra y de la OIT se hizo solo una campaña”, explica. 

Ella reconoce que la sindicalización ha sido muy importante porque le ha permitido conocer sus derechos y aprender del Convenio 087 de la OIT, referido a la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, para así dialogar con el Estado sobre mejores condiciones de trabajo. Sin esta organización, dice, serían más vulnerables. 

“Hasta hoy, una trabajadora del hogar no es capaz de decirle a su empleador que la ley le faculta a trabajar 8 horas y que en caso existan horas extras estas se le deben reconocer (…) Si se le contrata para limpiar, lavar y ordenar, no puede estar de niñera o cuidando a un adulto mayor. Las necesidades de un adulto mayor y la de un bebé son distintas y demandan mucha atención que genera tensión. La salud mental de la trabajadora del hogar también se ve afectada”, añade Guevara Neyra.

Trabajadoras migrantes

«No pensé que la situación de las empleadas estaba casi igual», dice Práxides (Foto: Kevin Huamani)

Según cifras del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) del año 2016, del 98% de mujeres trabajadoras del hogar que se reportó ese año, poco más de mitad eran mujeres migrantes que se habían desplazado desde zonas rurales hacia los centros urbanos más grandes. Por eso, hablar de abusos laborales y violencias contra las trabajadoras del hogar también es contar las vulneraciones que durante décadas han sufrido las niñas y mujeres que migran a causa de la pobreza y extrema pobreza. Así fue el caso de Práxides Ochoa Vargas, una mujer de 64 años, natural de Apurímac, y quien accedió a conversar con Wayka sobre cómo fue para ella vivir siendo trabajadora del hogar en Lima, desde los 13 años de edad. Llegó a la capital sin documentos y sin estudios, pues su padre creía que solo los varones debían ir a la escuela. 

Cuando cumplió 19 encontró un trabajo donde, por fin, le ofrecieron un cuarto propio y un horario para asistir al colegio. Sin embargo, tras cumplir un año de labores, sus empleadores le impidieron seguir estudiando porque debía cuidar a los nuevos niños que habían llegado al hogar. “Me pasé mi vida trabajando para nada, me quedé trabajando 8 años en esa casa, no aprendí nada. Fue una pérdida”, dice Práxides, entre otros varios recuerdos de discriminación y violencia que guarda de esos años.

Los abusos contra las trabajadoras migrantes no son hechos del pasado. El 13 de mayo, los medios informaron de una joven de 19 años que estuvo a punto de lanzarse de un edificio, ubicado en uno de los distritos más adinerados de Piura, para evitar ser abusada por el hijo de su empleado. La Policía llegó al lugar para rescatarla y el Ministerio de la Mujer solicitó medidas de protección a su favor.

La joven es migrante de Huancabamba, uno de los diez distritos más pobres de Piura, donde la pobreza monetaria alcanza al 33% de la población y el 12% de adolescentes ya son madres, según la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar del 2022.

La débil fiscalización en el cumplimiento de las normas, la ausencia de oportunidades y la pobreza, más la consecuente migración, mantienen a las trabajadoras del hogar en una situación de alta vulnerabilidad. Si bien la aprobación de la norma es un gran avance para ellas, Obdulia Guevara es consciente de que quedan temas pendientes.

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*Esta historia incorpora las herramientas brindadas en el Taller sobre trabajo forzoso y otras formas de esclavitud moderna (2da edición), realizado por el Proyecto Bridge Perú de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

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