Redacción Wayka

Más sanciones. Los establecimientos de salud, tanto públicos o privados, que no receten medicamentos genéricos en su Denominación Común Internacional (DCI) serán multados hasta con S/ 430 000 soles (100 UIT), así lo advirtió la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud).

Según la Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, las recetas deben especificar de manera obligatoria el término genérico en DCI.

Estas sanciones también alcanzan al personal médico, quienes podrán ser sancionados de manera individual hasta con S/ 8 600 (2 UIT); además dichas multas serán impuestas de acuerdo a la reincidencia y se aplicarán de forma gradual.

Susalud, a través del superintendente Carlos Acosta, se ha pronunciado, afirmando que tiene todas las facultades para sancionar a las instituciones prestadoras de servicios de salud que emitan recetas sin atender la Denominación Común Internacional, es decir genéricos.

Acosta también aseguró que Susalud puede recomendar a la dirección del establecimiento de salud, iniciar un proceso administrativo sancionador al personal médico que no consigne en sus prescripciones la denominación del genérico; esto de acuerdo a la Ley N° 29459.

El Código de Ética y Deontología del Colegio Médico del Perú (CMP), en su artículo 80, establece que el médico, en caso de la prescripción de medicamentos, debe hacerlo por escrito, en forma clara y precisa, en recetario en el que deberán figurar el nombre del médico, su número de colegiatura, firma y fecha de expedición, así como el nombre del medicamento con DCI o genérico.

Por su parte, el Minsa informó que Susalud tiene a disposición la línea gratuita 113 para reclamos, denuncias o consulta en el territorio nacional, disponible las 24 horas en todo el año.

Ley de medicamentos genéricos

Según el reglamento de la ley, las farmacias, boticas y servicios de farmacia del sector privado deben mantener disponibles para la dispensación o expendio la totalidad de los medicamentos esenciales genéricos. 

En diciembre del año pasado, el Ejecutivo aprobó por Decreto de Urgencia, la llamada Ley de Medicamentos Genéricos, y posteriormente el Minsa publicó una lista de 40 medicamentos esenciales en DCI para su venta obligatoria en farmacias y boticas en todo el país.

El ente de salud priorizó los medicamentos relacionados al tratamiento de la diabetes, hipertensión arterial e infecciones respiratorias, psiquiátricos y otras patologías más frecuentes.