Por Graciela Tiburcio Loayza
Luego de 3 meses de espera, finalmente, se publicó la Política Nacional de Igualdad de Género, que debió ser publicada a fines de 2018 tal como lo anunció Martín Vizcarra durante su discurso a la Nación en julio del año pasado. Su aprobación se dio el 4 de abril, un día después de la sentencia del Poder Judicial que declaró infundada la demanda del colectivo Padres en Acción contra el currículo escolar con enfoque de género.
El Poder Ejecutivo tiene 90 días -desde que entró en vigencia la política- para aprobar el Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género, cuyo trabajo se proyectará hasta el año 2030.
La política nacional se ha aprobado en un tenso contexto entre quienes apoyan la inclusión del enfoque de género en el Estado y entre quienes se oponen a esta perspectiva.
Por ello, su publicación ha sido saludada por la sociedad civil, ya que visibiliza la voluntad del Estado para eliminar las brechas de género entre varones y mujeres. Así lo considera Liz Meléndez, directora del Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, quien además resaltó que la política reconozca la existencia de las causas económicas, sociales, culturales y políticas que vulneran los derechos de las mujeres.
“La aprobación nos parece muy importante. Llama mucho la atención el buen manejo conceptual que se tiene colocando muy directamente la necesidad de abordar las causas estructurales de la discriminación y diferenciando también entre la igualdad de género y la igualdad de oportunidades”, señaló Meléndez.
Efectivamente, la política diferencia estos dos conceptos que han sido motivo de confusión para muchas personas. La norma aclara que “la igualdad de género no es equivalente a la igualdad de oportunidades”, pues el enfoque de género reconoce que la “igualdad no solo se orienta al acceso a oportunidades, sino también al goce efectivo de los derechos humanos”.
“En una situación de igualdad real, los derechos, las responsabilidades y las oportunidades de los varones y mujeres no dependen de su naturaleza biológica y por lo tanto tienen las mismas condiciones y posibilidades para ejercer sus derechos y ampliar sus capacidades y oportunidades de desarrollo personal, contribuyendo al desarrollo social y beneficiándose de sus resultados”, sostiene el documento.
Además, considera fundamental la incorporación de este enfoque como herramienta de análisis en las políticas públicas porque “permite identificar los roles y tareas que realizan los hombres y las mujeres en una sociedad, así como las asimetrías, relaciones de poder e inequidades que se producen entre ellos”.
“El enfoque de género aporta elementos centrales para la formulación de medidas que contribuyen a superar la desigualdad de género, modificar las relaciones asimétricas entre mujeres y hombres, erradicar toda forma de violencia de género, origen étnico, situación socioeconómica, edad, la orientación sexual e identidad de género, entre otros factores, asegurando el acceso de mujeres y hombres a recursos y servicios públicos y fortaleciendo su participación política y ciudadana en condiciones de igualdad”, enfatiza la política.
Basándose en este análisis, la norma contempla seis objetivos prioritarios: 1) reducir la violencia hacia las mujeres; 2) garantizar el ejercicio de los derechos a la salud sexual y reproductiva; 3) garantizar el acceso y participación de las mujeres en espacios de toma de decisiones; 4) garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres; 5) reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en los ámbitos público y privado entre hombres y mujeres y 6) reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la población.
De estos ejes, se desprenden los lineamientos de trabajo y los servicios que brindará el Estado para alcanzar los objetivos planteados. Entre las acciones a tomar destacan: la implementación de la educación sexual integral en el sistema educativo, fortalecer los servicios de atención en salud sexual y reproductiva para adolescentes y la provisión oportuna de métodos anticonceptivos y la anticoncepción oral de emergencia.
Aborto y embarazo infantil: ¿Cuál es la agenda?
Sin embargo, existen omisiones relacionadas a los derechos sexuales y reproductivos que podrían dificultar el impacto deseado para alcanzar los objetivos planteados.
Para María Ysabel Cedano, directora del Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer (DEMUS), falta determinar con claridad cuáles son las medidas para acceder al aborto legal y la Anticoncepción Oral Emergencia; medidas que deberían responder al contexto nacional actual que presenta graves cifras de violencia sexual y embarazos de niñas y adolescentes.
“La política aborda el problema del embarazo adolescente pero no el del embarazo forzado en niñas. No aborda el problema de mantener penalizado el derecho al aborto y los problemas de acceso al aborto terapéutico. Una política Nacional de Igualdad de Género que no garantiza plena autonomía sexual y reproductiva a lo largo de la vida de las mujeres no logrará los resultados que la misma se propone”, enfatizó Cedano.
El mes pasado falleció una adolescente de 13 años en Ica, luego de quedar en coma debido al embarazo de alto riesgo que llevaba. En la misma semana, se conoció el caso de otra niña de la misma edad, a quien el Hospital Edgardo Rebagliati le negó el acceso al aborto terapéutico a pesar de que su vida peligraba por el embarazo que llevaba producto de una violación sexual.
Ambos casos se conocieron días después de que el Estado pidiera disculpas públicas a la ciudadana K.L., por haberla obligado a llevar un embarazo no deseado.
Para Liz Meléndez, estos antecedentes demuestran que “hay una realidad que no se está enfrentando y que lamentablemente esta política no la explicita tal cual”.
“La omisión al tema de aborto responde a un contexto de mucha resistencia y de muchas presiones para no incorporar este eje fundamental para hacer frente a la violencia contra las mujeres. Las adolescentes y niñas no solamente necesitan información, sino también acceso real a los métodos anticonceptivos, trabajo en erradicar la estigmatización de las adolescentes que piden información, trabajar mucho en los servicios diferenciados”, declaró.
Tanto Meléndez como Cedano recalcan que, si bien es importante el enfoque preventivo, este no es suficiente para atender la peligrosa situación actual en la que se encuentran los derechos y la vida de las mujeres, jóvenes, adolescentes y niñas.
Comunidad LGBTI: La gran ausente
La actual política incorpora términos importantes que abren la puerta a los derechos por la diversidad sexual. Dentro de sus marcos conceptuales, están incluidos los conceptos de identidad de género y orientación sexual.
Incluso ejemplifican que la violencia que vive una mujer indígena no es la misma vulneración que afecta los derechos de una mujer lesbiana. A pesar de este reconocimiento, no existe dentro de las acciones planteadas una propuesta concreta para garantizar los derechos de la comunidad LGBTI o para prevenir y frenar los crímenes de odio.
“El reconocimiento de la identidad de género y la orientación no deben quedarse en el glosario de esta Política Nacional. La propuesta se alinea con la Política Nacional de Derechos Humanos 2018 – 2021 en lo que se dispone a las mujeres, niñas, niños, adolescentes y trabajadoras del hogar mas no con lo dispuesto para las personas y ciudadanía LGBTIQ. Esto debería ser aclarado y corregido”, demandó la directora de DEMUS.
A su pedido, también se sumó Meléndez, quien recalcó que la política está formulada teniendo en cuenta solo el concepto de mujer heterosexual, dejando de la lado la amplia diversidad de mujeres con orientación sexual distinta que existen en el Perú.
“A nivel conceptual se aborda a la población LGBTI, lamentablemente en los lineamientos, en las acciones concretas, no se garantizan estos derechos y finalmente termina siendo uno de los grandes vacíos. En toda la política hay una lectura de la mujer heterosexual, no hay una lectura de la diversidad de mujeres y esa es una gran debilidad que creemos se debe de superar”, concluyó.