Fallo reciente del Poder Judicial volvería a prohibir la entrega de la píldora del día siguiente en centros de salud públicos, dando la razón a una ONG católica. La decisión final será del Tribunal Constitucional (TC).

Lucero Ascarza

Batalla legal por los derechos de las mujeres. Hace pocos días, se conoció que la Primera Sala Civil de Lima revocó la sentencia que garantizaba la distribución gratuita de la píldora del día siguiente en centros de salud públicos. Esto fue posible por la apelación del grupo católico ALA Sin Componenda, que se opone al uso de la Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE).

«Vamos a interponer un recurso de agravio y luego el Tribunal Constitucional -no sabemos si el de ahorita o el que se va a elegir- decidirá en esta última instancia», señaló Gabriela Oporto, coordinadora del área de Litigio Estratégico de Promsex, institución que ha acompañado el proceso entre ALA Sin Componenda y el Ministerio de Salud (Minsa).

Cabe recordar que el grupo católico presentó una demanda de amparo contra el Minsa para impedir la distribución de la AOE en 2004. En 2009, el TC invalidó la distribución gratuita de la píldora. Un escenario al que hemos regresado en 2020.

«Es la misma situación que generó la sentencia del 2009 que impide la distribución gratuita de la AOE, pero no prohíbe la venta en farmacias privadas. Lo cual tiene un efecto discriminatorio«, explica Oporto. Es así porque, como señala la abogada, genera una brecha entre las mujeres que no puedan pagar el costo promedio de la píldora del día siguiente en farmacias (15 a 20 soles) y las que sí tienen los recursos para hacerlo.

Esa prohibición se logró revertir gracias a una medida cautelar que el Poder Judicial aceptó en 2016. Desde entonces, mientras continuaba el juicio que inició ALA Sin Componenda, la entrega gratuita de la AOE ha seguido vigente.

Afectan atención de salud

Un eventual fallo negativo del TC no solo impediría la entrega de la píldora del día siguiente como parte de la atención regular de planificación familiar. También afectaría a las víctimas de violencia sexual, quienes deben recibir la AOE como parte del kit de emergencia para prevenir embarazos no deseados. Solo de marzo a setiembre se han registrado 1738 violaciones y en lo que va del año, casi 800 partos de niñas producto de la violencia sexual.

Gabriela Oporto, de Promsex, indica que el Estado peruano se encuentra ahora en una contradicción. Al respecto, menciona el caso de ‘María’ ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); pues Perú enfrenta un proceso internacional por haber negado el kit de emergencia a una joven de 18 años víctima de violación grupal.

«En ese caso, la defensa del Estado peruano viene alegando que la AOE se está distribuyendo. Sin embargo, ahora tenemos nuevamente una sentencia contra esa distribución gratuita», comenta Oporto.

La abogada aclara que este último fallo de la Primera Sala Civil de Lima no argumenta sobre el fondo de la controversia, solo la forma. En resumen, declaran improcedente el proceso porque ya existe la sentencia del TC del 2009.

«Pero esa sentencia dejó abierta la posibilidad a que el criterio sea variado cuando exista evidencia científica que acredite que la píldora del día siguiente no es abortiva«, comenta Oporto. Esa evidencia ya se había validado en la sentencia que ALA Sin Componenda logró revocar. Ahora está pendiente que el Tribunal Constitucional, actual o nuevo, la vuelva a revisar.

Gabriela Oporto precisa que la medida cautelar que garantiza entrega de la AOE se mantendría activa hasta que el TC emita una sentencia. «Solo se extingue cuando la decisión que resuelva sobre el fondo del asunto, queda consentida. Esperamos que el Ministerio de Salud ejecute la medida cautelar en la medida en que permanece vigente», señaló.

Esta es la reciente resolución del Poder Judicial:

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