Por: Amanda Meza
En conferencia de prensa, el defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, aclaró que Alberto Fujimori no puede realizar actos políticos ni públicos en su calidad de indultado, y sobre todo –precisó- habiéndosele otorgado un indulto humanitario.
“Sus actos públicos y políticos sirvieron de marco para la comisión de delitos (…) El Estado debe prevenir que se cometan nuevos delitos, porque se ofende la memoria colectiva a las víctimas, a los deudos”, puntualizó.
Asimismo, informó que la base para un indulto es el informe médico. “Si alguien se conduce como que no está afectado por una enfermedad terminal o en la última parte de su vidas, eso afecta el indulto y la gracia que se le concedió”, remarcó Gutiérrez, quien recordó el caso Crousillat en el que se revocó la medida.
Gutiérrez presentó un informe sobre indulto y gracia presidencial otorgada a Alberto Fujimori por el Ejecutivo, y resaltó que no se han superado los estándares legales y jurisprudenciales, que hay una débil motivación y argumentación respecto a otorgar este indulto y gracia, considerando que se trata de un preso por delitos contra derechos fundamentales. A ello se suma que «transgrede lo establecido en la Constitución» en lo referente a los plazos.
Señaló que dos veces solicitaron al Ministerio de Justicia el expediente sobre indulto y no se les entregó. “Quiero aclarar que no lo hemos pedido con base en acceso a la información sino en base a un fundamento constitucional que le sirve de asidero a la Defensoría para ocuparse de temas que tienen que ver con derechos fundamentales y con la correcta marcha del Estado”.
No se suspende responsabilidad penal
El defensor del Pueblo aseguró, además, que la responsabilidad penal de Fujimori no queda suspendida por la gracia presidencial, lo que significaría que no existe obstáculo para que enfrente el caso Pativilca u otros pendientes.
“No se suspende la responsabilidad penal, el indultado tiene un deber de conducta. Tiene que conducirse de determinada manera porque con esos actos debe legitimar el indulto que se le ha dado y el Estado debe asegurar que no se vuelan a cometer delitos”, señaló.
“Es una gracia a nombre de la nación”
Por otro lado, Gutiérrez explicó que si bien el Presidente de la República tiene la máxima discrecionalidad para otorgar este indulto y gracia, se debe ceñir a los estándares legales y jurisprudenciales.
“No es que el Presidente tenga potestad libérrima. Cuando se dan indultos, gracias presidenciales, conmutaciones de pena, lo que hace el Estado es afectar la división de poderes. Se afecta lo que denominamos el derecho a la igualdad o lo dicho por qué unos en vez de otros. Cada vez que el Presidente realiza un acto, lo hace practicando el interés general y encarna a la Nación. Él da una gracia presidencial a nombre de la Nación, no a título personal”, sustentó.
El informe de la Defensoría del Pueblo será remitido a los diversos poderes del Estado.
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