Es la segunda vez que se sanciona a la defensa de la denunciante. La abogada de Arlette Contreras debe pagar S/ 2 mil y el Colegio de Abogados podría dejarla fuera del caso. Mientras tanto, Adriano Pozo continúa prófugo.
Lucero Ascarza
La abogada de Arlette Contreras fue sancionada por la Corte Superior de Justicia de Lima Norte luego de un pedido de prueba complementaria en el proceso legal contra Adriano Pozo. A la abogada Cynthia Silva se le impuesto una multa de 5 Unidades de Referencia Procesal (URP), equivalentes a S/ 2 100. Además, corre peligro de ser retirada del caso por el Colegio de Abogados de Lima (CAL).
El Juzgado Colegiado Penal Permanente, a cargo del juicio actual, está integrado por los magistrados Alcides Ramírez, Graciela Fernández y Edgardo Asenjo. La sala fue cuestionada por haber absuelto a Adriano Pozo del delito de tentativa de violación sexual, y haber dictado 11 años de prisión por tentativa de feminicidio. La Fiscalía ha apelado ya dicha sentencia.
Desde que Arlette Contreras denunció por agresión a Pozo en 2015, han habido tres juicios. En el transcurso del proceso, se sancionó también a la anterior abogada de Arlette Contreras también fue sancionada y se retiró a un fiscal. Algo que es interpretado por los afectados como una estrategia para beneficiar a Adriano Pozo.
¿Castigada por defender?
El 3 de junio, Víctor Alfaro, abogado de Adriano Pozo, solicitó que sancionen a Cynthia Silva. Por dos motivos: por haber respaldado a Arlette en su decisión de no acudir a declarar, aun cuando la sala había dispuesto su conducción compulsiva; y por haber expuesto información del juicio que él calificó como “privadas”.
La abogada acepta ambos hechos. “Mi rol ahí era de defensa […] Eso [declarar] era dañino para ella y a ellos no les importaba. Mandan a la agraviada a que la persigan con policías, cuando esos mismos días estaban dejando un gato muerto en su puerta y la estaban acosando por redes sociales”, explicó Silva.
Por ese motivo, presentó al juzgado un certificado médico del psiquiatra de Arlette Contreras, que confirmaba un diagnóstico de estrés postraumático, condición que le impedía acudir a declarar. También intentó que el colegiado acepte declaraciones de Contreras realizadas en juicios anteriores.
Sin embargo, ambos recursos fueron declarados improcedentes por el juzgado. “Si bien da un diagnóstico que es un trastorno depresivo moderado […] ese mismo certificado no le impide a que concurra […] con lo cual fácilmente puede concurrir a esta audiencia», argumentó el magistrado Edgardo Asenjo. «Hay restricciones respecto a la parte investigada por lo que no cabría un extremo de revictimización”, añadió.
Por otro lado, el abogado de Pozo acusó a Cynthia Silva de exponer información del juicio. Presentó como prueba un comunicado emitido por el decano de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, institución donde labora Silva. El documento indicaba que pedirle a Arlette Contreras una nueva declaración, era una forma de revictimización.
“El contenido de esta publicación es el mismo que oralizó la defensa”, explicó el abogado Víctor Alfaro. Además indicó que ese comunicado “expone el nombre de la agraviada, que tiene identidad reservada”.
Cynthia Silva respondió que “el derecho a la privacidad del juicio es un derecho de las víctimas, no es un derecho del imputado […] tampoco es un derecho de los órganos de justicia”.
La realidad es que, siendo este un caso emblemático en cuanto a violencia de género, la identidad de Arlette Contreras es conocida incluso fuera del país.
“Ella [Arlette Contreras] necesitaba difundir que estaba siendo revictimizada, que estaba siendo obligada a concurrir incluso con policías. Eso es lo que estábamos denunciando”, explicó la abogada Silva.
Ese día, el juzgado decidió no sancionarla pero sí le hicieron una advertencia. Menos de un mes después, los magistrados cambiaron su decisión y tomaron en cuenta ambas acusaciones para sancionar a Cynthia Silva y ponerle una multa.
La defensa de la víctima en juicio
El 27 de junio, la abogada de Arlette pidió una prueba complementaria, una figura prevista en el Código Penal. Cynthia Silva quería que se pida un informe de la psiquiatra que trata a Arlette, para tener información de su diagnóstico actual y el tratamiento que sigue.
Ya le habían negado incluir la historia médica de Arlette y sus declaraciones en juicios previos; así que buscaba una forma de probar el daño al proyecto de vida de la víctima como producto de la agresión.
Anteriormente, cuando Silva trató de ingresar ese informe como prueba nueva, no se le aceptó. De acuerdo a la abogada, eso había afectado el derecho a la prueba de su representada. Víctor Alfaro, el abogado de Adriano Pozo, respondió acusándola de tener “una conducta dilatoria”.
“Dice que la prueba la he afectado yo, que estoy acostumbrada a que sean condescendientes […] que quiero hacer tiempo y que además los he insultado”, cuenta Cynthia Silva.
Los jueces deliberaron, pero en lugar de aprobar o negar el pedido de prueba complementaria, resolvieron sancionar a la abogada de Arlette Contreras.
«La abogada ha afectado el derecho a la prueba de la agraviada en su momento […] se está hablando de un estado emocional que no se sabe en qué intervalo ha sido afectado […] el abogado defensor está impedido de buscar elementos dilatorios […]», fue la resolución leída por el magistrado Asenjo. Además, se le imputó haber generado retraso en las audiencias, debido a que la abogada Cynthia Silva no podía acudir los días miércoles.
«Lo más escandaloso es que no me han emplazado para que yo pueda defenderme. Me han sancionado por cosas que ya decidieron antes», explica Silva. La abogada pidió que se revise la decisión de su sanción en segunda instancia pero el pasado 16 de julio se lo negaron.
Ahora, existe el riesgo de que el Colegio de Abogados de Lima (CAL) retire del caso a Cynthia Silva, debido a la sanción recibida. En ese caso, Arlette Contreras se quedaría sin defensa.
«Ha sido en verdad un proceso indolente, que ha desconocido los derechos de las víctimas, conseguidos en un proceso de reivindicación legal», opina Silva.
Historial de sanciones
No es la primera vez que la defensa de Arlette Contreras es sancionada en el proceso. En 2017, la Corte Superior de Justicia de Ayacucho denunció ante la Comisión de Ética del CAL a la abogada Lissete Garrido. La denunciante corría el peligro de quedar en la indefensión. Por ese motivo, buscó la transferencia de su caso a Lima.
Garrido fue sancionada por haberse retirado de la sala de audiencia sin permiso. Adriano Pozo estaba libre y el juzgado colegiado se negó a dictar medidas para limitar la libertad del acusado, y tenerle ubicado ante una posible condena.
«La abogada insistió, que él iba a estar totalmente libre y no habría manera de conseguir una posible condena. Como no quisieron hacerlo, ella se paró, se indignó y se fue», explica la actual abogada de Arlette, Cynthia Silva.
En 2018, Arlette Contreras acusó a Pedro Chávarry, entonces fiscal de la Nación, de haber retirado al fiscal de su caso, Nerio Callañaupa, para poner a Edmundo Miranda, cercano a familiares de Adriano Pozo.
El Ministerio Público respondió que fue la Primera Sala de Apelaciones de Huamanga que excluyó a Callañaupa, al declarar «indefensión de la sociedad» en el caso. Además, indicó que Miranda había pedido excusarse debido a la amistad con la familia Pozo.
Sin embargo, fue el mismo Nerio Callañaupa quien negó esa versión. El fiscal indicó que la orden de sacarlo había provenido de Javier Anaya, presidente de la Junta de Fiscales de Ayacucho. Dijo también que Anaya había elegido al cuestionado reemplazante.
El largo proceso legal de Arlette Contreras contra Adriano Pozo está lejos de terminar. Hasta el momento, el comprobado agresor continua prófugo; y los órganos de justicia no parecen actuar a favor de la víctima.