Tras dos años de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor de Azul Rojas Marín y su madre, el Estado peruano incumple con las medidas de reparación para la mujer transgénero que fue víctima de tortura y violación sexual por efectivos policiales en el 2008.

Andrea Morales

En febrero de 2008, unos policías detuvieron a Azul Rojas Marín una madrugada cuando caminaba de vuelta a su casa. Por no tener documento nacional de identidad, fue arrestada y, en la comisaría de Casa Grande en La Libertad, tres guardias abusaron de ella. Mientras dos de ellos la sujetaban de los brazos y piernas, un tercero le introdujo una vara de goma en el recto dos veces. Catorce años después, sus agresores siguen libres.

Desde entonces, Azul Rojas Marín y su madre, Juana Rosa Tanta Marín, iniciaron una lucha legal de más de diez años. Tras archivarse el caso en el sistema judicial peruano, llevaron la denuncia ante la Corte IDH y acabó convirtiéndose en el primer caso de tortura por discriminación a una persona LGBTI ante la Corte IDH. La sentencia histórica a favor de Azul Rojas y su madre que halló culpable al Estado peruano de manera unánime se publicó el pasado 12 de marzo de 2020.

Azul Rojas Marín: la histórica denuncia de la mujer transgénero que acusa a  la policía de Perú de violación y tortura - BBC News Mundo
Azul Rojas fue detenida solo para «verificar su identidad» y, al no tener DNI, fue arrestada, torturada y violada sexualmente por tres policías de La Libertad. Foto: Promsex.

En el fallo, la Corte IDH ordenó una serie de medidas de reparación por parte del Estado peruano a Azul y su madre con plazos máximos. Sin embargo, dos años después y con todos los plazos vencidos, el Estado solo cumplió con la publicación de la sentencia, lo mínimo que podía hacer.

Reparaciones sin cumplir

En la sentencia histórica Azul Rojas Marín y otra vs. Perú, la Corte IDH no solo declaró por unanimidad que el Estado peruano es responsable por la tortura y violación sexual que fue vícitma Azul, sino que ordenó una serie de medidas de reparación para Azul y su madre.

Primero, la obligación de investigar el caso de Azul a nivel interno, es decir, en la justicia peruana: “La Corte dispone que el Estado peruano deberá continuar las investigaciones para determinar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de la violencia y tortura sexual sufrida por la señora Rojas Marín, evitando la aplicación de estereotipos discriminatorios y la realización de cualquier acto que pueda resultar revictimizante”. Catorce años después de los hechos, ninguno de sus agresores ha sido sancionado aún.

Otra de las medidas de rehabilitación más importantes y urgentes para Marín era la asistencia médica, psicológica y/o psiquiátrica que la Corte ordenó al Estado brindar a Azul de manera gratuita y prioritaria en tres meses, a partir de la aprobación por parte de Azul; sin embargo, hasta el momento, Rojas no ha recibido ningún tipo de atención subsidiada por el Estado.

Edith Arenaza, asesora de Litigio Estratégico de Promsex y abogada que ha llevado el caso de Azul.

“A pesar de la necesidad de urgencia por su condición de vulnerabilidad, el Estado ni siquiera le ha garantizado de forma integral su salud. De forma privada, Promsex y otras ongs la hemos apoyado para que su salud no esté en riesgo”, señala una de las abogadas de Promsex que ha llevado el caso de Azul, Edith Arenaza.

Según la Corte, el tratamiento médico para Azul debía incluir la provisión de medicamentos, transporte y otros gastos debido a que ella vive en un caserío lejos de la ciudad, pero el Estado alegó a que Azul estaba ya inscrita en el Seguro Integral de Salud (SIS).

“Para una víctima de tortura y violencia sexual, que sufre hasta la fecha estrés post traumático y que se encuentra en una situación de vulnerabilidad económica alta, el SIS no es la vía de atención adecuada. El SIS es un seguro pensado para personas de extrema pobreza, tiene una alta carga de atención y no brinda todos los servicios de atención que Azul requiere. Además, tampoco cubre traslado ni hospedaje que Azul necesita porque vive en un caserío lejano de la ciudad”, explica Arenaza.

Sobre la indemnización económica por daños materiales e inmateriales, la Corte ordenó al Estado reparar a Azul y su madre con US$ 70 mil y US$ 20 mil, respectivamente. El plazo venció para realizar el pago, pero tampoco se ha cumplido.

Respecto a las llamadas ‘medidas de satisfacción’, la Corte IDH dispuso la publicación de la sentencia en El Peruano, en un diario de amplia circulación nacional y en un diario local de La Libertad. Esta medida ha sido la única que el Estado peruano ha cumplido. No obstante, no pudo siquiera cumplir con la otra medida vinculada, esto es las disculpas públicas hacia Azul y su madre.

La Corte había señalado que el Estado peruano debía realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional “mediante una ceremonia pública en presencia de altos funcionarios del Estado y de la señora Rojas Marín o sus representantes [y] difundir dicho acto a través de los medios de comunicación de la manera más amplia posible, incluyendo la difusión en la radio, televisión y redes sociales”. Sin embargo, a dos años de notificada la sentencia, el Estado no lo ha hecho.

Si todo lo anterior, esto es, todas las medidas de reparación directas a Azul y su madre aún no se han brindado, aún menos el Estado ha implementado las garantías de no repetición dictadas por la Corte IDH. Según la sentencia de hace dos años, el Estado debía implementar un protocolo sobre la investigación y administración de justicia en casos de violencia contra las personas LGBTI, pero no lo ha hecho.

Además, debía hacer campañas de sensibilización y al menos un curso de capacitación a los agentes estatales sobre violencia contra las personas LGBTI, con especial énfasis en la Policía y Serenazgo de carácter obligatorio, y diseñar e implementar un sistema de recopilación y producción estadística de violencia contra personas LGBTI. Han vencido los plazos y el Estado no ha cumplido.

Finalmente, el estado debía eliminar el indicador de “erradicación de homosexuales y travestis” de los Planes de Seguridad Ciudadana de todas las regiones y distritos del Perú por ser “una medida altamente discriminatoria que exacerba los prejuicios en contra de la población LGBTI y, por tanto, fomenta la posibilidad de ocurrencia de la violencia por prejuicio, como la ocurrida en el presente caso”.

Sin embargo, ninguna de las medidas detalladas anteriormente, han sido implementadas, pese a que se ha vencido el plazo de todas que oscilaban entre uno y dos años, a partir de la notificación de la sentencia.

Sin respuesta, sin reparación

Al cumplirse el plazo máximo de dos años establecido por la Corte IDH para la adopción de diversas medidas de reparación a favor de la comunidad LGBTI, como parte del fallo a favor de Azul Rojas, la Defensoría del Pueblo advirtió que el Estado peruano podría constituir un ilícito internacional si no cumple con lo ordenado.

“El Estado peruano continúa sin determinar qué entidades serán responsables de cada una de las disposiciones dadas por el órgano supranacional”, denunció la Defensoría en un comunicado.

Al respecto, la abogada de Promsex en representación de Azul, Edith Arenaza, señaló que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) debe aprobar un ‘acuerdo resolutivo’ donde se precisen las responsabilidades de los organismos que deberán ejecutar cada una de las obligaciones para empezar a cumplir con todas las medidas de reparación dictaminadas por la Corte IDH.

«Desde Promsex, hemos enviado diversas cartas a la Procuraduría Supranacional del MINJUSDH, entidad que se encarga de implementar la sentencia a nivel nacional y quien informa periódicamente a la Corte IDH. Esta Procuraduría se ha reunido con nosotras en diciembre de 2020 por nuestra iniciativa, donde exigimos el cumplimiento de la sentencia. Ahí, ellos nos dijeron que para hacerlo, tenía que elaborarse un ‘Acuerdo Resolutivo Vinculante’ por parte de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal y ser enviado y aprobado por la Procuraduría General, pero ya han pasado dos años y no lo han hecho», denunció la abogada Arenaza.

Extracto de una carta enviada el 30 de junio de 2021 por Carlos Reaño, procurador público especializado supranacional, como respuesta ante pedido de Promsex.

Pese a que ya se vencieron todos los plazos establecidos por la Corte IDH, el MINJUSDH ha respondido a las diversas cartas enviadas por las representantes de Azul desde Promsex señalando vagamente que ‘siguen a la espera de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal «. Mientras tanto, aún se han implementado ninguna de las reparaciones dictaminadas por la Corte IDH, exceptuando la de publicar la sentencia en las vías oficiales.

Desde Wayka, intentamos comunicarnos con la Procuraduría Supranacional del MINJUS y con la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal mediante llamadas y correos, pero no obtuvimos respuesta.