Redacción Wayka

El pasado domingo 2 de mayo, en el primer debate presidencial de la segunda vuelta llevado a cabo en la ciudad de Chota (Cajamarca), entre pullas y réplicas la candidata Keiko Fujimori propuso asignar el 40% del canon minero a la población. “De esta forma vamos a aliviar (la pobreza)”, dijo en esa ocasión la hija del dictador y sentenciado por corrupción y delitos de lesa humanidad, Alberto Fujimori. 

Especialistas consultados por Wayka e informes de la Contraloría coinciden en que la propuesta es inviable, populista y que esta no soluciona el problema, sino que lo complica más aún. 

Así lo explica el economista Juan Aste Daffós, especialista en gestión ambiental y conflictos sociales: “La propuesta implica quitarle recursos a las regiones y concentrarlos en el estado con lo cual pretende enfrentar a las poblaciones locales con los alcaldes y gobernadores regionales”. De acuerdo a Aste Daffós, la propuesta sería una estrategia para quitarle votos a Pedro Castillo en las regiones mineras, y a la vez, mejorar la percepción de las mineras para retomar los proyectos frenados como Tía María (Arequipa), Conga (Cajamarca), Tambogrande y Río Blanco (Piura). 

Como se recuerda, el candidato presidencial Pedro Castillo (Perú Libre) ganó la primera vuelta electoral con la mayoría de votos de las principales regiones mineras del Perú, como Cajamarca, Apurímac, Cusco, Puno y Pasco. Castillo también ganó en el 88% de localidades con más conflictos socioambientales desatados por proyectos mineros. 

Por su lado, el abogado Juan Carlos Ruiz Molleda, del Instituto de Defensa Legal (IDL), señala que el canon minero “no se trata de un regalo a las comunidades, sino de un derecho de rango constitucional de origen convencional. El Convenio 196 de la OIT reconoce este derecho. Su artículo 15 es muy claro, reconoce el derecho de los pueblos indígenas a beneficiarse de las actividades extractivas en sus territorios”. 

CONTRA EL MARCO LEGAL

En la actualidad, de acuerdo a las reglas puestas por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), las empresas extractivas, entre ellas las mineras y petroleras, asignan el 50% del Impuesto a la Renta al canon minero por el aprovechamiento de los recursos minerals, metálicos y no metálicos que extraigan. Luego, el canon minero pasa a distribuirse a los municipios distritales donde se explotan los recursos (10%), los municipios de la provincia (25%), municipios del departamento (40%) y al Gobierno Regional correspondiente (25%).

Sin embargo, pese a que existe un marco normativo, la distribución del canon minero no se refleja en la calidad de vida de las poblaciones afectadas directamente por los proyectos extractivos. Así consta en un boletín de la Contraloría General de la República del 2014, cuyos auditores señalaron que de los S/22 millones 930 mil 198 de canon que fueron destinados a las comunidades nativas entre 2011 y 2013, habrían sido desviadas para financiar actividades y proyectos de otra naturaleza.

“En materia de minería, el 30% de lo que reciben los gobiernos regionales debería ser invertido en favor de las comunidades afectadas, sin embargo esto tampoco se cumple”, señala Juan Carlos Ruiz, abogado del IDL. 

Por su lado, el economista Juan Aste Daffós precisa que la propuesta de aumentar el canon al 40% sería inconstitucional “porque no es posible entregarle dinero directamente a la gente, salvo tratándose de bonos por razones excepcionales, pero las leyes no son para asuntos de este tipo, sino para resolver problemas de mayo peso en el tiempo o estructurales”.