No pagaron trámites ni presentaron pruebas. Ingresaron vouchers reutilizados. Un organismo electoral de Puno detectó que la personera legal de Fuerza Popular emplea «conductas temerarias y de mala fe» que buscan ralentizar proceso electoral.
Por Nicol León
Jurados Electorales Especiales de distintas partes del Perú denegaron 106 pedidos de apelación de Fuerza Popular porque no presentaron pruebas del fraude electoral que denuncian. Desestimaron sus solicitudes tras detectar maniobras que evidencian una intención de dilatar el proceso de Elecciones 2021.
Recordemos que el partido político de Keiko Fujimori ingresó más de 1000 pedidos de nulidad de actas y todos fueron desestimados por los jurados electorales especiales. Hasta el miércoles 23 de junio, su personera legal, Milagros Takayama, presentó apelaciones para que 158 de sus solicitudes asciendan al fuero del Jurado Nacional de Elecciones. De esta cantidad, solo dieron luz verde a 52.
Las 106 apelaciones restantes no avanzaron porque los jurados electorales especiales volvieron a detectar que Takayama reutilizó vouchers. También porque no presentaron pruebas, no adjuntaron comprobantes de pago y se ingresaron fuera del plazo estimado por ley.
INFRACCIONES DE FORMA
Para apelar las resoluciones de los jurados electorales especiales, se debe pagar una tasa de S/ 660, distinta a la que se debe efectuar cuando se ingresan pedidos de nulidad (S/ 1 100).
Sin embargo, Takayama usó los vouchers de los pedidos de nulidad para solicitar 12 apelaciones, irregularidades que fueron detectadas por los jurados electorales especiales.
El Jurado Electoral Especial de Cusco halló esta maniobra y lo señaló en su resolución N° 02046-2021-JEE-CSCO/JNE, donde se lee que el voucher presentado ya se había usado para tramitar dos pedidos de nulidad.
Otras entidades electorales también encontraron que 6 apelaciones se ingresaron con vouchers que fueron usados para pedir otros trámites de este tipo.
Ese fue el caso del Jurado Electoral Especial de Huancavelica, cuyos integrantes señalaron la irregularidad cometida en su resolución N°01127-2021-JEE-HVCA/JNE.
Estas 18 irregularidades se identificaron en Puno, Apurímac, Cusco, Huánuco, Huancavelica, Ayacucho y Tacna.
La mayoría de solicitudes de apelación presentadas por Takayama (68) fueron desestimadas porque no adjuntó los comprobantes de pago de sus pedidos.
El Jurado Electoral Especial de San Román, en Puno, detectó este incumplimiento, por lo que declaró improcedente la apelación el 16 de junio en la resolución N° 01007-2021-JEE-SROM/JNE.
Dos días después, Takayama presentó el voucher con la tasa de S/660 y pretendió que el JEE atienda su solicitud. Sin embargo, los magistrados reafirmaron su decisión y advirtieron que remitirán los escritos al Colegio de Abogados si la personera legal de Fuerza Popular continúa actuando de manera temeraria porque insiste con sus solicitudes a pesar de que ya existe una decisión fundamentada.
QUEJAS PARA RETRASAR ELECCIONES
Fuerza Popular presentó 7 quejas contra las resoluciones de los jurados electorales especiales que declararon improcedentes sus apelaciones.
Ingresaron estos reclamos a pesar de que la razón por la que les denegaron las apelaciones fue que presentaron vouchers reutilizados y no pagaron la tasa correspondiente.
Se observaron estas maniobras en entidades electorales de Apurímac y Cajamarca.
También declararon improcedentes sus apelaciones porque no presentaron pruebas y las ingresaron fuera del plazo que ordena la ley.
En 5 casos, presentaron apelaciones a pesar de que los jurados electorales especiales ya habían resuelto que estas ascenderían al JNE.
DENUNCIAN A KEIKO FUJIMORI
En una anterior entrega, Wayka denunció que Fuerza Popular reutilizó vouchers para ingresar 27 pedidos de nulidad. Tales pruebas fueron tomadas por el abogado José Luis Saavedra Barrantes para denunciar a Keiko Fujimori y a su personera legal Milagros Takayama por el delito contra el derecho a sufragar en la modalidad de perturbación o impedimento del proceso electoral.
La acusación ingresó a la Quinta Fiscalía Corporativa Penal de Lima. En adelante, el fiscal asignado deberá concluir si iniciará una investigación preliminar.