Los cinco hombres recibieron una sentencia por 20 años luego de abusar sexualmente de una joven de 21 años en una fiesta.
Sebastián Zevallos, José Arequipeño, Manuel Vela, Andrés Fassardi y Diego Arroyo, conocidos como “La manada de Surco” tras abusar sexualmente de una joven de 21 años, fueron sentenciados a 20 años. Sin embargo, el día jueves se conoció por la organización Manuela Ramos -que lleva el caso- que presentaron un recurso de queja excepcional ante la Corte Suprema.
La queja excepcional es un recurso que se presenta tras ser denegado un recurso de nulidad, por lo que de aprobarse esta reciente solicitud puede dejarse sin efecto la sentencia.
Dicho mecanismo, según el Código de Procedimientos Penales, artículo 297, inciso 2, es válido en los siguientes casos:
“Excepcionalmente, tratándose de sentencias, de autos que extingan la acción o pongan fin al procedimiento o a la instancia, o de resoluciones que impongan o dispongan la continuación de medidas cautelares personales dictadas en primera instancia por la Sala Penal Superior, salvo lo dispuesto en el artículo 271, el interesado -una vez denegado el recurso de nulidad- podrá interponer recurso de queja excepcional, siempre que se acredite que la resolución impugnada o el procedimiento que la precedió infringió normas constitucionales o normas con rango de ley directamente derivadas de aquellas”.
Recordemos que en mayo del presente año los sentenciados presentaron un recurso de nulidad del proceso, sin embargo la Quinta Sala Penal Liquidadora ratificó la sentencia del Décimo Juzgado Penal Liquidador que sentenció el 12 de noviembre del 2021 a 20 años de pena privativa de la libertad a los cinco jóvenes.
Los hechos
El abuso se perpetró en octubre del 2021. En sus declaraciones afirmaron que todo fue consentido, pero las pruebas desmintieron su versión. Los exámenes médicos realizados a la denunciante confirmaron que estaba dopada con benzodiacepina, un fármaco que funciona como relajante muscular y provoca somnolencia. Además, el coronel PNP Jhonny Rolando, jefe de la División Policial Sur, informó en su momento que la víctima sí presentaba signos de haber sufrido violencia sexual.
Al confirmarse los signos de agresión se dictó nueve meses de prisión preventiva. Sin embargo, los familiares intentaron revocar esta decisión varias veces.
Una defensa que revictimiza
Según la defensa de la joven, la estrategia legal de los acusados, representados por cinco estudios de abogados, se centró en analizar la conducta de la víctima, desviando del foco de la investigación la evidencia que incriminaría a los cinco acusados del delito de violación.
Además, es preciso recordar que Paul Muñoz, uno de los abogados de los denunciados, dio declaraciones a medios de comunicación en octubre del año pasado insinuando que los hechos se habrían ocurrido debido a que la joven era “una señorita a la que le gustaba la vida social”.
Ante esto, un grupo de 5 abogados se reunió y presentó una queja ante el Comité de Ética del Colegio de Abogados de Lima (CAL). Sin embargo, “el 26 de mayo de 2021 el CAL la declaró improcedente porque, según ellos, no cumplimos con demostrar que teníamos interés y legitimidad para interponer la denuncia”, explicó Pamela Morales, abogada y miembro del equipo que presentó la denuncia.
“Nosotros no estuvimos de acuerdo, justamente porque en la denuncia desarrollamos la legitimidad porque las afirmaciones públicas del abogado (Paul Muñoz) nos afectaba como profesionales y abogados”, mencionó Morales. Agregó que este no es el primer caso. “El CAL no te da las garantías y la norma queda en letra muerta. Entonces cualquier abogado puede insultar, acosar, perpetrar estereotipos de género y nadie hará nada. Incluso el CAL de oficio podría hacerlo, y más con una denuncia de por medio, pero no lo hizo, lo cual es cuestionable”.