El juez supremo Pedro Cartolín, llamado a emitir su voto dirimente sobre la continuidad del currículo escolar y el enfoque de género,  declaró infundada la demanda de acción popular del grupo Padres en Acción, que buscaba declarar la guía educativa como inconstitucional por contener como uno de sus ejes el enfoque de género y no haber sido consultada con los padres de familia.

Fundamentos del voto dirimente del JUEZ SUPREMO CARTOLIN PASTOR sobre currículo escolar by Wayka on Scribd

El voto de Cartolín se suma a la posición de los jueces Ramiro Bustamente Zegarra y Julio Wong Abad. En contraposición, los magistrados de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente, Vicente Rodolfo Walde Jáuregui y Samuel Sánchez Melgarejo votaron a favor de mantener la sentencia obtenida en primera instancia a favor de Padres en Acción, la cual eliminaba en parte el enfoque de género.

En la resolución del Poder Judicial se puede leer que Cartolín declara “infundada la demanda de acción popular en todos sus extremos; en consecuencia, el Currículo Nacional de la Educación Básica del año 2017 es constitucional y legal».

Tras esta decisión, restaría llamar a votar a un nuevo juez para que el Poder Judicial declare infundada en segunda instancia la demanda del grupo Padres en Acción, vinculado al Opus Dei, interpuesta a inicios de 2017.