Luana Villena esperó dos años para modificar su nombre a uno que la identificara. Pese a su lucha, una apelación de la Reniec dejó sin efecto la sentencia, tras usar argumentos discriminatorios, según su abogada.

Por Malú Ramahí, corresponsal en Piura

Mía Luana Villena Aguilar, una mujer trans piurana que actualmente reside en París junto a su esposo, tuvo que esperar dos años para que el Tercer Juzgado Especializado Civil de Piura le permitiera cambiar su nombre el 15 de julio del 2022. Sin embargo, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) decidió apelar la sentencia y dejar sin efecto la modificación de su nombre.

El derecho de Luana de llevar un nombre acorde a su identidad —que usa desde los 18 años — no fue motivo suficiente para el Reniec. De acuerdo a la defensa legal de la agraviada, la institución utilizó en su apelación argumentos que serían discriminatorios y ridiculizan el pedido de su patrocinada, al calificar la solicitud como «gusto, capricho o moda».

“No existe motivo justificado exigible para su modificación, toda vez que los prenombres actuales del recurrente [en referencia a la solicitud de Luana], no representan una palabra de significación grosera, inmoral o ridícula, ni tampoco es contrario al orden público y a las buenas costumbres, ni es ofensivo al sentimiento cívico, religioso o moral de la comunidad; mas por el contrario, lo pretendido obedece a criterios subjetivos; es decir, a un gusto, capricho o moda, ergo, no debió ampararse lo peticionado”, se lee en el pedido de apelación de la Reniec.

En otra parte de la apelación, la Reniec deslegitima el pedido de Luana sobre su identidad de género. “El derecho a la identidad no implica que cada persona se asigne la identidad que se le ocurra o que tenga el número de identidades que quiera, sino la identidad que le corresponda”, señalan.

Wayka conversó con la abogada de Luana, Silvana Rosales, quien se ha especializado en cambio de nombre e identidad de género. Ella señala que antes de la pandemia, el RENIEC no apelaba cuando se trataba de cambio de nombre. Sin embargo, en los últimos años, la situación se ha tornado más difícil para las personas LGTBIQ. “Antes el RENIEC no apelaba, pero ahora todos, incluso los solamente nombres, son apelados en el mismo sentido, siempre basados en prejuicios”, señala.

La abogada también considera erróneo que el Reniec asocie la identidad de género como un sentimiento para apelar a la sentencia. “La identidad de género ha sido elevada a categoría jurídica por el Tribunal Constitucional con la Corte Interamericana. No se está basando en sentires, como mal lo llama el Reniec. No en vano un ciudadano litiga por mucho tiempo para que su identidad sea reconocida. Lo que hace el Reniec son argumentos de discriminación, de ridiculización y desconocimiento”, recalca Rosales.

DERECHO A LA IDENTIDAD

Luana Villena. Foto: Archivo personal

Luana inició su transición desde los 17 años; no obstante, durante un tiempo, tuvo que ocultar su identidad por el prejuicio de las personas en su espacio laboral como estilista. Tiempo después viajó a París donde sentía que su identidad de género era respetada y respaldada, tanto por la sociedad como el Estado. Más tarde, en uno de sus viajes a Perú, decidió iniciar un proceso legal para cambiar su nombre y sexo.

“Fue con mi amiga Josset, una estilista muy conocida en el barrio Sur de Piura con quien decidí que me llamaría Mía Luana, por ser una guerrera. Eso sucedió cuando tenía 17años”, cuenta.

Si bien su cambio de nombre fue admitido, contradictoriamente la solicitud de cambio de sexo fue rechazado por el Tercer Juzgado Especializado Civil de Piura. “A criterio de la Juzgadora, el sexo es un dato objetivo, pues proviene de una realidad biológica que obedece a un orden natural, por tanto, no se puede modificar”, se lee en una de las líneas de la disposición emitida.

Ahora, con la apelación del Reniec, la abogada de Luana señala que deberán esperar hasta 8 meses para resolver este nuevo obstáculo, que, tras haber sido aceptada por el Tercer Juzgado Especializado Civil de Piura, deja con efecto suspensivo la sentencia que le permitía a Luana identificarse con un nombre acorde a su identidad. Por el momento, permanecen en la espera del número de sala y expediente para poder iniciar con la defensa de la identidad de Luana.