Redacción Wayka

Los periodistas Igor Ybáñez Gamboa y el director de La República, Gustavo Mohme Seminario, fueron sentenciados al pago de una multa indemnizatoria de S/ 70 mil por daño moral contra el magistrado Víctor Hugo Albán en Trujillo, por la Corte Superior de Justicia de La Libertad.

El exredactor del diario La República de Trujillo calificó de injusta la sentencia del Tercer Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio; a cargo de la jueza Mariela Moreno Vega. Frente a esto, Ybáñez presentó una apelación.

«Esta decisión judicial podría servir de sustento para desacreditar el trabajo de otros periodistas que cumplen su labor de fiscalizar a funcionarios públicos», sostuvo.

El artículo periodístico por el que Ybáñez obtuvo esta sentencia fue publicado en el 2013 y se basó en una información brindada en conferencia de prensa por el propio jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA), Manuel Estuardo Luján Túpez, quien anunció la suspensión a tres magistrados y dos secretarios judiciales, por supuestos cobros indebidos; retiros sospechosos de expedientes de policías involucrados en delitos y la demora en la resolución de expedientes, mencionó a Albán.

Fuente: Igor Ybáñez Gamboa

Sin embargo, el magistrado denunciante refirió que la publicación mancilló gravemente su honor y reputación como profesional del derecho, y generó un daño moral grave a su persona, por lo que motiva la presente demanda indemnizatoria.

En respuesta, Alonso Jaime Sarmiento Llamosas, abogado del director de La República, Gustavo Mohme Seminario, declaró que la nota periodística fue una reproducción fiel de las declaraciones del funcionario y que no existe ánimo de causar daño al demandante ni por acción ni por omisión, solo se buscó dar cuenta de las declaraciones del jefe de Odecma, cuyas expresiones son de interés público y no se trata de una noticia sobre la intimidad de una persona anónima. 

Por su parte, el periodista Igor Ybáñez, manifestó que tal noticia también se difundió en otros medios, tales como Perú 21, La Industria y Correo. Refiere que esta sentencia afecta el derecho de acceso a la información pública, a la libre expresión e información y al uso de su facultad informativa.

Fuente: Diario La República del 23/10/2013

Ybáñez Gamboa enfatizó que por el derecho de acceso a la información pública, derivado del derecho a libre expresión e información, los ciudadanos tienen la posibilidad de conocer la manera en que los funcionarios se desempeñan en su trabajo, ya sea por medio de la prensa o por otros canales oficiales o privados, y estos funcionarios deben rendir cuenta de sus actos y decisiones de su labor a la ciudadanía, según como indica un informe «El derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública» de la UNESCO.