Poder Judicial decidió absolver al exgerente de Cacao del Perú Norte (hoy Tamshi S.A.C.), sentenciado a 8 años de cárcel en 2019 por tráfico ilegal de madera en Tamshiyacu, Loreto. Empresa ya no tendrá que pagar reparación civil de más de S/ 15 millones.

Lucero Ascarza

Se trataba de la primera sanción penal para delitos vinculados a la deforestación. Este viernes 18 de diciembre, la Sala Penal de Apelaciones de la Corte de Justicia de Loreto declaró fundada la apelación presentada por el exdirectivo Rubén Antonio Espinoza y la empresa Tamshi S.A.C.

La empresa antes conocida como Cacao del Perú Norte S.A.C. es acusada de deforestar alrededor de 2 mil hectáreas de bosque en la localidad de Tamshiyacu, Loreto. Ima´genes satelitales dan fe de la deforestación masiva en esta área, hoy ocupada por cultivos de cacao.

En julio de 2019, el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maynas había condenado a Espinoza a 8 años de cárcel por los delitos de tráfico ilegal de productos forestales maderables y obstrucción del procedimiento. Como tercero civil responsable, la empresa Tamshi S.A.C debía pagar más de S/ 15 millones por reparación. Dos de sus extrabajadores, Ernesto Vega y Giovanni Cuba, también recibieron penas suspendidas.

Este viernes la sentencia del caso Tamshiyacu quedó sin efecto y se declaró absolución para todos los imputados.

Tamshiyacu
En siete años, desaparecieron 2 mil hectáreas de bosque primario de Tamshiyacu.

La Sala Penal de Apelaciones sustentó su decisión en deficiencias encontradas tanto en la sentencia del 2019 como en la acusación fiscal contra Espinoza, Vega, Cuba y Tamshi S.A.C.

«La sentencia elevada [en 2019] ha infringido gravemente el principio acusatorio al haber incluido en el fallo aspectos que no fueron parte de la acusación», apuntan en la audiencia. Por otro lado, indicaron que la acusación fiscal no formuló una incriminación satisfactoria para el tipo penal que se atribuía.

Cuestionan el debido proceso

«Principalmente señalan que no ha reunido todos los elementos para acreditar las responsabilidad de las personas», comenta Jean Pierre Araujo, director de la Iniciativa de Justicia Ambiental de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA). Por ejemplo, en el caso de Rubén Espinoza, se argumentó que el medio probatorio para sentenciarlo fue la declaración de un imputado que rindió esta declaración sin respeto a su derecho de defensa.

Tamshiyacu
Rubén Antonio Espinoza, exgerente en Cacao del Perú Norte (Tamshi S.A.C.), absuelto de condena de 8 años de cárcel por tráfico de madera en Tamshiyacu, Loreto.

Uno de los argumentos de la sala es que la sentencia de 2019 sobre Tamshiyacu incorporó aspectos no propuestos por el Ministerio Público. El pronunciamiento de los jueces precisa que las deficiencias en la acusación fiscal «hacen imposible que el ´ órgano jurisdiccional dicte contra los procesados una sentencia condenatoria».

Por otro lado, la Sala Penal de Apelaciones de Loreto indicó que carecía de objeto anular la sentencia de 2019 y ordenar un nuevo juicio. Ello porque nuevamente se haría en base a una acusación fiscal deficiente. Sin embargo, indicaron que tampoco podía darse la atribución de indicarle al Ministerio Público que reformule su acusación. Por tanto, se limitó a desaprobar la decisión judicial y absolver a los imputados.

Según explicó a Wayka el abogado Jean Pierre Araujo, aún habría una alternativa en el caso Tamshiyacu. «Como ha sido un tema procesal, el fiscal y la Procuraduría [del Ministerio del Ambiente] podrían recurrir a un recurso excepcional de nulidad«, indicó.