Por Luis F. Rodríguez Jiménez

Redacción Wayka

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral del Perú (Sunafil), la Policía Nacional y la Fiscalía realizaron, el pasado 2 de abril, un operativo en uno de los almacenes de Saga Falabella ubicado en Villa El Salvador. Según señaló Sunafil, se encontró a más de 40 trabajadores «expuestos al contagio del COVID-19» realizando labores de descarga de mercadería. El organismo de control consideró que ésta no era «actividad esencial dentro del marco de Emergencia Nacional».

Personal de Sunafil en el momento del operativo en el almacén de Saga Falabella ubicado en Villa El Salvador (Foto: Facebook Sunafil)

Al respecto, el último viernes, Saga Falabella hizo público un comunicado señalando que «33 trabajadores» asistieron «voluntariamente» a recepcionar la carga en el almacén de Villa El Salvador en estricto cumplimiento de las disposiciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) que, según la empresa, «califican esa actividad como permitida».

Comunicado de Saga Falabella como respuesta a la intervención realizada por Sunafil

Sin embargo, Wayka accedió a documentos que evidenciarían que este trabajo no era voluntario sino exigido por Saga Falabella y que era sistemático, es decir, no solo se realizó el 2 de abril, tal como señalaron a un medio local.

Hecha la ley…

Alex Zimmermann Franco, gerente general de Saga Falabella Perú, envió una carta a trabajadores seleccionados de la empresa, vía WhatsApp, solicitándoles realizar tareas de “carga, descarga y recepción de mercadería” en los almacenes de la compañía. Dicha carta habría sido enviada el 31 de marzo para que los trabajadores acudan el primer día de abril.

Pase laboral tramitado por uno de los trabajadores que lo habilitaba para laborar el 1 y 2 de abril en el almacén de Villa El Salvador

Para justificar estas labores, el gerente general de Saga Falabella se amparaba en el inciso 8.3 del Decreto Supremo (D.S.) 44 que decretó el estado de emergencia en el Perú.

“[…] de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 […] y artículo 8.3 del mismo Decreto Supremo, debes asistir [resaltado nuestro] a desempeñar la función de carga, descarga y recepción de mercadería”, decía la carta enviada por el gerente.

Carta que habría enviado Alez Zimmermann a sus trabajadores vía WhatsApp emplazándolos a realizar las labores que se detallaban en el documento

Sin embargo, los artículos aludidos por Zimmermann poco o nada tenían que ver con las actividades que exigía a sus trabajadores. Según Henry Carhuatocto, presidente del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS), Saga Falabella habría incurrido en una «infracción muy grave» ya que «dolosamente» habría utilizado artículos del D. S. N° 44 que «no aplican» para las actividades que demandaban.

El inciso 2.2 del decreto de emergencia alude expresamente al acceso a “bienes esenciales”; mientras que el 8.3 señala el “transporte de carga y mercancía” y su “ingreso y salida” por “puertos, aeropuertos y puntos de frontera habilitados”.

Detalle de lo que en realidad dicen los artículos del Decreto Supremo N°44 aludidos por Alex Zimmermann

En la misma carta, Zimmermann aleccionaba a sus trabajadores sobre qué decir en caso fueran intervenidos por “alguna autoridad”.

“[…] identifícate adecuadamente con tu DNI y con tu fotocheck, muéstrale esta comunicación y tu permiso PNP, y con respeto explícale que tu posición es crítica para la carga, descarga y recepción de mercadería en nuestros almacenes y que por tanto estás legalmente autorizado”.

¿Qué tipo de mercadería tenían que descargar estos trabajadores? Wayka accedió a la relación de productos que, el jueves 2 de abril, debían descargar de 5 “containers”. Ningún producto era un “bien esencial”.

Detalle de la mercadería que ingresó el 2 de abril al centro de distribución de Saga Falabella en Villa El Salvador. Ningún producto era un «bien esencial»

Por otro lado, para garantizar la llegada de los trabajadores al almacén de Saga Falabella el pasado jueves, la compañía había dispuesto de un sistema de buses y rutas para su transporte. Esto, según reveló el Sindicato Unitario de Trabajadores de Saga Falabella (SUTRASAF) a través de redes sociales.

Como se evidencia en esa relación, eran 42 trabajadores los que debían asistir al almacén de Villa El Salvador y no 33, como señaló el último comunicado de Saga Falabella.

Sistema de transporte planificado por Saga Falabella para transportar a sus trabajadores al almacén de Villa El Salvador (Imágenes: Twitter SUTRASAF)

Amenazas laborales

Según Francis Gama, secretaria general del SUTRASAF, esta situación se habría dado desde el 1 de abril, día en que los trabajadores hicieron llegar una fotografía al sindicato evidenciando que se encontraban dentro del almacén.

“[…] los compañeros tomaron una foto del comedor […], porque no les permiten ingresar el celular. Es más, no les permiten que tengan el celular […] obviamente para no tener pruebas”, señaló Gama.

Esta fue la foto que le enviaron los trabajadores del almacén de Villa El Salvador al sindicato. La empresa les había prohibido el uso de celulares (Foto: Twitter SUTRASAF)

La fotografía fue ampliamente difundida en twitter ese mismo día, incluso por algunos congresistas de la República. A pesar de eso, Saga Falabella continuó con estas operaciones al día siguiente, no sin antes amenazar a los trabajadores por la “filtración”, según señaló Francis Gama.

“Una compañera me comentó que estaban muy molestos porque se había filtrado ese tipo de información […] porque era algo que se tenía que trabajar con suma discreción, que nadie tenía que hablar. Más amenazados no podían estar”, refirió.

Además, la secretaria general del SUTRASAF consideró que era probable que, de no haber intervenido Sunafil, la situación hubiera continuado durante otros días.

“Hasta hoy [jueves], el pase decía 1 y 2 de abril. Pero me estaban contando los compañeros que [iba] a ir otro grupo el 3 y 4”, señaló al respecto.

Detalle de la programación laboral en el centro de distribución (CD) de Villa El Salvador para el jueves 2 de abril. En total, los 40 trabajadores debían descargar y almacenar productos de 5 containers

Vale mencionar que todas estas actividades habrían sido programadas por la empresa en pleno estado de emergencia y solo a algunas cuadras de la Villa Panamericana, el centro dispuesto por el gobierno central para atender a los afectados por coronavirus.

¿Doble discurso?

El 27 de marzo pasado, Alex Zimmermann Franco, gerente general de Saga Falabella Perú, mediante una transmisión en vivo por redes sociales pedía a sus trabajadores sumarse al “yo-me-quedo-en-casa”.

Parte del video que transmitió Alex Zimmermann a sus trabajadores aconsejándoles quedarse en casa durante la cuarentena

“Les repito, lo más importante [es] quedarse en casa, cuidar a su familia […] o a las personas con las que interactúan en el día a día. Estamos absolutamente seguros de lo que se está logrando en el país […] Es la decisión correcta quedarnos 30 días en casa”, dijo Alex Zimmermann en esa ocasión.

Similar mensaje fue colocado en la página web de Saga Falabella Perú. En un comunicado, firmado por Zimmermann, la empresa señalaba que “solo una parte” de sus trabajadores se encontraba “laborando desde sus casas, cumpliendo funciones administrativas necesarias e indispensables” para la empresa.

Comunicado de la página web de Saga Falabella en el que se asegura que los centros de distribución permanecen cerrados y los trabajadores cumplen el aislamiento obligatorio

Lo que el gerente general de Saga Falabella no dijo fue que, en el almacén de Villa El Salvador, 40 empleados tendrían que ir a trabajar con el riesgo de un contagio de COVID-19 debido, principalmente, a las mismas condiciones laborales en que se encontraban.

“Casi el 70% de la mercadería que vende Falabella es de China. […] Y sabemos que China ha sido el punto de contagio. [Así] han ingresado 5 containers con más de 44 000 productos al establecimiento. […] Los chicos han denunciado porque tienen miedo [ya que] la mercadería viene del extranjero. No ha pasado una fumigación. Los analistas dicen [que] el virus [sobrevive] sobre la ropa, sobre el plástico”, refirió Francis Gama.

Sin embargo, esta no sería la única ocasión en que Saga Falabella expuso a sus trabajadores al riesgo de contagio de COVID-19 y a quebrantar las normas. Wayka tuvo acceso a una serie de chats en que se evidenciaría que, al menos el 16 de marzo, los operadores de call center de la empresa fueron emplazados a ir a su trabajo, pese a que ya se había decretado el estado de emergencia.

Al día siguiente de decretarse el aislamiento social obligatorio, los trabajadores de call center de Saga Falabella habrían sido emplazados por sus supervisores para ir a su trabajo (Imagen: Wayka)

Según se evidencia en las capturas de pantalla, al menos tres supervisores identificados como «Rony Cadillo», «Alina» y «Daniel» presionaron a los trabajadores de call center para que asistan a sus labores con normalidad. Según señalaron en el chat, la «confirmación» vino desde el CEO de Falabella.

La preocupación de los trabajadores era obvia. Según señaló Francis Gama, el área de call center del local en el que laboran tiene 8 pisos y, en cada uno, hay 80 empleados. Es decir, el 16 de marzo, Saga Falabella habría expuesto a peligro de contagio a más de 600 trabajadores.

Pese a las objeciones, «Rony Cadillo» insistía en que el tránsito era «normal». Finalmente, recién a la 1 de la tarde, cuando ya un grupo venía laborando, por lo menos, desde las 9 de la mañana de ese día, dicho supervisor avisó que “se cerraba el call center”.

Pese a los reclamos de los trabajadores, Rony Cadillo insistía con que «el tránsito» era «normal». Recién a la 1pm, cuando un primer grupo ya estaba trabajando desde la mañana, anunció que se «cerraba el call center»

Posibles sanciones

Henry Carhuatocto, presidente de IDLADS, señaló que, con estos actos, la empresa habría cometido una infracción administrativa muy grave.

«La conducta del empleador al transgredir la cuarentena impuesta en el Estado de Emergencia […] estaría incrementando injustificada y dolosamente el riesgo de propagación de [COVID-19]. Especialmente porque se sabe que su transmisión se da por la aglomeración de personas en el centro de labores», señaló para esta nota.

Asimismo, refirió que se estaría cometiendo el delito previsto en el Código Penal que establece que “el que, a sabiendas, propaga una enfermedad peligrosa o contagiosa para la salud de las personas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de diez años. Si resultan lesiones graves o muerte y el agente pudo prever estos resultados, la pena será no menor de diez ni mayor de veinte años.”

Conforme a lo encontrado por Sunafil el día jueves en el almacén de Saga, los responsables de obligar a ir a trabajar al personal podrían recibir hasta 10 años de cárcel (Foto: Facebook Sunafil)

Por otro lado, el presidente de IDLADS señaló que la multa que puede recibir Saga Falabella por esta infracción «muy grave» es 200 UIT. Además del cierre temporal del área en qué se produjo la infracción por un periodo de 30 días. 

¿Saga Falabella podría ser sancionada por Sunafil? Carhuatocto refirió que dicha institución, «si bien puede recepcionar y tramitar denuncias y realizar inspecciones» aún no ha desarrollado «un procedimiento sancionador remoto por infracciones muy graves en estado de emergencia». Por ello, el procedimiento «no podría desarrollarse adecuadamente sino hasta el término de la cuarentena».

Wayka intentó comunicarse con Saga Falabella para conocer sus descargos ante estos hechos. Sin embargo, hasta el cierre de esta nota, no obtuvimos respuesta ni del encargado de recursos humanos ni de los representantes legales de la compañía.