Redacción Wayka
Al mediodía de este 7 de enero, se desarrolló la audiencia pública del caso de Ana Estrada, la primera ciudadana peruana en tomar acciones para legalizar la eutanasia en Perú. Ana de 44 años, padece de polimiositis desde la adolescencia, una enfermedad incurable que atrofia sus músculos, que la tiene inmovilizada en cama y conectada a un respirador artificial las 24 horas del día.
«Quiero expresar como ser humano mi solidaridad con la situación bastante difícil que viene atravesando Ana Estrada», expresó en la audiencia el abogado del Ministerio de Salud José Olivera, acto seguido, expuso en contra de reconocer el derecho a la muerte digna de Ana y al reconocimiento de la eutanasia para pacientes con enfermedades terminales.
«El Ministerio no puede desarrollar un protocolo para aplicarlo a un caso concreto, la eutanasia debe ser regulada a través del Congreso con una norma de carácter general. Solo así el Ministerio de Salud está en la obligación de dictar todos los protocolos y procedimientos para que pueda llevarse a cabo», argumentó Olivera.
En la misma línea expuso la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia. «Un juez no podría, a través de una sentencia, inmiscuirse en asuntos que deberían ser deliberados en el Congreso», señaló el abogado del Minjus.
Así, la defensa del sector salud y justicia pretende que el Congreso -un parlamento de corte conservador que se opone al derecho a decidir de las mujeres- sea quien debata si Ana tiene derecho a elegir cuándo, dónde y cómo morir. Mientras tanto, para ambos ministerios, Ana deberá seguir padeciendo los dolores de una enfermedad que se agrava cada día.
Al respecto, Josefina Miró Quesada Gayoso, abogada de Ana Estrada, aclaró que la inexistencia de un protocolo no es suficiente para negar el pedido de Estrada. En conversación con Wayka, la abogada precisó que mediante la acción de amparo presentada por la Defensoría del Pueblo, el juez puede reconocer un derecho fundamental y ordenar que se implementen medidas para garantizarlo.
«En este caso, el juez al inaplicar el art.112 del Código Penal (que sanciona la eutanasia), reconoce que se vulnera derechos fundamentales y al no desplegar los efectos de la ley penal, posibilita que pueda ordenar a Essalud y al Minsa las medidas dirigidas a hacer efectivo tales derechos», detalló Miró Quesada a nuestro medio.
Lo mismo argumentó Walter Gutiérrez, representante de la Defensoría del Pueblo, quien especificó ante el Poder Judicial «que no haya una norma no puede conducir a creer que el derecho no existe. El derecho esta encarnado en una persona que es Ana estrada».
A pesar de la visibilidad del caso, la defensa presentada por la Defensoría del Pueblo, el respaldo del Colegio Médico y el apoyo ciudadano, Ana Estrada tendrá que esperar para saber la decisión del juez Jorge Ramírez Niño de Guzmán.
Más allá de los tecnicismos y formas que se expusieron durante la audiencia, la lucha de Ana Estrada ha posicionado en el debate público cuáles son las condiciones personales que cada uno contempla para llevar una vida digna y el poder de decisión que tenemos sobre nosotros para ponerle fin.
La causa de Ana se podría resumir la última declaración que le dio al Poder Judicial: «La razón principal de mi demanda y mi defensa es que quiero la libertad de poder elegir, cuándo, cómo y dónde morir». Ana no lucha solo por una muerte digna, sino por su libertad y autonomía plena.