Luego de 30 días, plazo que el Primer Juzgado Constitucional de Lima le dio al Ministerio de salud para que restituya la distribución del anticonceptivo oral de emergencia (AOE), se inició su reparto de forma paulatina de la píldora del día siguiente en los centros de salud públicos.
El pasado 22 de agosto, el Primer Juzgado Constitucional de Lima dispuso a través de una medida cautelar, presentada por la abogada Cristina Gómez y Promsex, que se haga efectiva la entrega gratuita de la píldora. La decisión se basó en lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso de Artavia vs Costa Rica (2014), donde se establece que el inicio de la vida se da cuando un óvulo fecundado se anida en el útero.
Asimismo, en cumplimiento con el fallo judicial, el Minsa publicó el pasado 31 de agosto en el diario oficial El Peruano, la nueva Norma Técnica de Salud de Planificación Familiar, que incluye al AOE como parte de los servicios integrales de planificación familiar.
Mitos y verdad ¿El AOE es o no abortiva?
En un articulo anterior, el médico Juan Daniel Aspilcueta, en entrevista para Wayka, nos explicó que “decir que la píldora del día siguiente es abortiva no era un argumento 100% eficaz, y si hablamos de efectividad, ésta solo se da dentro de las 72 horas del acto postcoital. Si una mujer embarazada lo toma no pasará nada, así tome 2,3 o hasta 4 dosis de la misma pastilla”. Asimismo, hizo incapié en el sustento de la sentencia que prohibía su distribución, pues esta se basó en lo que tiene escrito el inserto, que es el papel con indicaciones al interior de la caja que acompaña a la pastilla. Premisa incorrecta pues en la farmacología, las indicaciones son elaboradas por abogados para evitar algún tipo de demanda por efectos colaterales.
En resumen, la píldora no tiene mayor efecto secundario que prevenir el embarazo alterando el periodo menstrual y el mismo se metaboliza tan rápidamente que el organismo termina expulsándolo en horas sin causar mayor daño. En esta gráfica puedes ver cómo funciona: