El juez Víctor Zuñiga quien tuvo a su cargo evaluar la prisión preventiva pedida por el equipo de fiscales del caso Lava Jato, señaló que hay varias sospecha graves en la ruta del dinero y la participación de Keiko Fujimori y miembros de la cúpula de Fuerza 2011, que luego pasó a llamarse Fuerza Popular.

El juez, al leer su resolución que recoge los alegatos de fiscalía pero también los testimonios de testigos y colaboradores eficaces, señala que hay sospecha grave de que el dinero que ha ingresado al partido se habría intentado ocultar. Agrega que hay sospecha grave en la presencia de una organización criminal dentro de ese partido y que habría operado para ocultar aportes de campaña que habrían sido entregados por Odebrecht. Con este análisis, el juez avala la hipótesis del equipo fiscal del caso Lava Jato.

«El juzgado observa que existe corroboración periférica (…) que permite concluir una sospecha grave de que Keiko Fujimori ordenaba actos que ocurrían en el partido, incluyendo que el dinero provenía de Odebrecht», lee el juez.

El juez Zuñiga describe también que hay sospecha grave de que Keiko Fujimori tuvo conocimiento y ordenó, como presidenta del partido, el ocultamiento del dinero de origen ilícito proveniente de la empresa brasilera Odebrecht.

La conclusión del juzgado sostiene también que hay sospecha grave de que tanto Jorge Yoshiyama, en Lima, y Rolando Reátegui, en San Martín, buscaron personas para registrarlas como aportantes en 2011, es decir, se comprobaría lo dicho por hasta 66 testigos sobre los «falsos aportantes».

Con las más de 200 explicaciones de su resolución judicial que determinó los 15 meses de prisión preventiva de Keiko Fujimori, el juez precisa que para probar el delito de lavado de activos se comprueben tres indicios: uno, que se compruebe el incremento injustificado en actividades anómalas, dos, la existencia de negocios o actividades económicas que justifiquen incremento económico y tres, la conexión con actividades o grupos delictivos.

El juez Víctor Zúñiga señaló que se probaron los tres presupuestos para la prisión preventiva de Keiko Fujimori: fundada existencia del delito, posibilidad de fuga, falta de arraigo laboral y económico, carece de trabajo y bienes. Además de haberse pedido una condena de hasta 15 años de prisión.

El juez superior resolvió que no se demuestra arraigo laboral ninguno. Además, leyó débil sumisión al proceso al no asistir a las audiencias. Indicó que si Keiko Fujimori fuera encontraba culpable de lo que se le investiga, tendría una pena de 15 años de cárcel, pues la ley contempla 10 años por lavado de activos como organización criminal y 5 por obstrucción de la justicia.

La resolución del juzgado agrega: «Se ha generado daño patrimonial al Estado y grave daño a la institucionalidad. La cantidad de dinero que se habría ocultado, es decir dinero cuyo origen sería ilícito, denotarían el grave daño al estado de derecho en el Perú. No se ha evidenciado una actitud de reparar ese daño».