CIDH se pronuncia en contra del fallo del Tribunal Constitucional que desconoce la consulta previa
Mientras la CIDH insta al Estado peruano a respetar y garantizar el cumplimiento de los tratados internacionales a los que se ha suscrito el país, las comunidades campesinas de Puno están a la espera de que el Gobierno asista a la mesa de diálogo pactada para el viernes 8 de abril.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su preocupación por la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 20 de enero que desconoció la consulta previa como un derecho constitucional en una demanda de comunidades campesinas de Puno contra concesiones mineras otorgadas sin tomar en cuenta la postura de la población aledaña.
El pasado miércoles 6 de abril, la CIDH instó al Estado peruano y en especial al Tribunal Constitucional a “adoptar medidas necesarias para asegurar que sus disposiciones sean compatibles con las obligaciones internacionales a las que el Estado de Perú se ha obligado internacionalmente, como aquellas que se encuentran desarrolladas en el Informe sobre Derecho a la libre determinación de los Pueblos Indígenas y Tribales”.
El Tribunal Constitucional, cabe recordar, emitió hace 3 meses un fallo que declara infundado una demanda de las comunidades campesinas Chila Chambilla y Chila Pucará del distrito de Juli en la provincia de Chucuito (Puno). La demanda pedía la nulidad de dos concesiones mineras que le pertenecían a la compañía Cemento Sur S.A del Grupo Gloria, pero que a mediados de 2016 fueron transferidas a la empresa Kuskalla Mining Company.
Según las comunidades campesinas demandantes, dichas concesiones mineras fueron otorgadas sin respetar el proceso de consulta previa.
Sin embargo, para cuatro de los magistrados del Tribunal Constitucional, José Luis Sardon, Ernesto Blume, Manuel Miranda y Augusto Ferrero, sostuvieron que la consulta previa no es un derecho de rango constitucional, que tampoco es un derecho fundamental y que por ende no procede atender la materia mediante una demanda de acción de amparo.
Frente a los fundamentos de los magistrados del TC, la CIDH le recordó al Estado peruano que el fallo “no consideró que la Constitución Política dispone que los tratados ratificados forman parte del derecho nacional, así como, la obligación de cumplir las obligaciones internacionales contraídas voluntariamente”.
Desde las comunidades campesinas de Chila Chambila y Chila Pucará, que se levantaron en huelga contra el fallo del TC, están a la espera de la mesa de diálogo pactada con el Gobierno para el viernes 8 de abril en donde se atendería el pedido del pueblo de Puno por la nulidad de las concesiones mineras.
En ese contexto, Wayka pudo conocer que los dirigentes comunales se mostraron preocupados por el cumplimiento de la mesa de diálogo pactada. “Por la cuestión política que está pasando, aquí en Puno está incierto si verdaderamente se va a desarrollar el consejo de ministros descentralizado o si se va a postergar para otra fecha”, comenta Vito Calderón, miembro de la organización Derechos Humanos y Medio Ambiente (DHUMA) en Puno.