Comité de Derechos Humanos de la ONU condenó a Guatemala por violar derechos de Fátima, niña forzada a ser madre

Fátima fue víctima de violencia sexual y obligada a ser madre a los 13 años. El pasado 5 de junio, el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) condenó al Estado de Guatemala por violar los derechos humanos de la menor. Esta decisión se suma a otras cuatro sentencias por casos de niñas obligadas a maternar, entre los que está incluido el Estado Peruano.

La histórica sentencia del caso Fátima llega tras 15 años de búsqueda de justicia. Entre 2009 y 2010, la menor y su madre denunciaron al agresor —su propio profesor, quien paradójicamente era funcionario público encargado de proteger la niñez y tenía gran influencia en la comunidad—, y solicitaron el acceso a una interrupción legal del embarazo, que les fue denegado. Tras nueve años de lucha en Guatemala, el caso llegó en 2019 a la instancia internacional.

“Hoy, en honor a la valentía de Fátima, le recordamos al mundo entero una verdad fundamental: son niñas, no madres”, señaló Catalina Martínez Coral, vicepresidenta para América Latina y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos, en el comunicado oficial.

SENTENCIA DEL CASO FÁTIMA

El Comité, en su sentencia condenatoria, destacó que al obligar a Fátima a continuar con un embarazo que había rechazado explícitamente, el Estado guatemalteco violó su derecho a una vida digna, a decidir de manera autónoma sobre su cuerpo, a recibir información, al derecho a la igualdad y a la no discriminación. 

La sentencia también reconoció que la violencia sexual, el embarazo y la maternidad forzada que enfrentó Fátima le causaron un sufrimiento extremo, que incluyó ideas suicidas. Asimismo, señaló que la negativa a prestar los servicios de salud reproductiva a los que la menor tenía derecho constituyó un trato cruel e inhumano. 

“Este tipo de violaciones a nuestros derechos se siguen dando, también la falta de justicia en mi país, en mi comunidad y entorno”, se oyó la voz de Fátima en la conferencia de prensa. 

La sentencia da al Estado de Guatemala un plazo de 180 días para implementar medidas de no repetición que eviten que casos como el de Fátima vuelvan a ocurrir. Estas medidas deberán garantizar el acceso a servicios de salud, incluida la interrupción voluntaria del embarazo, eliminando barreras médicas, judiciales y administrativas, además de fortalecer los protocolos existentes sobre aborto terapéutico.

La disposición también contempla acciones para prevenir la violencia sexual. Esto implica garantizar la educación e información sobre salud sexual y reproductiva como componente de prevención, junto a la capacitación obligatoria de funcionarios de justicia, salud y educación. 

CINCO CASOS HISTÓRICO CON EFECTOS EN MÁS DE 170 PAÍSES 

Al hito de la sentencia del caso Fátima se suman las condenas previas contra Ecuador (Norma, enero de 2025), Nicaragua (Lucía y Susana, enero de 2025) y Perú (Camila, agosto de 2023) —cinco niñas sobrevivientes de violencia sexual y maternidad forzada—, que presentaron sus casos ante Naciones Unidas en 2019 y han obtenido sentencias favorables.

Cabe resaltar que, “la jurisprudencia establecida por el Comité también es aplicable a los más de 170 Estados partes a nivel global que que han ratificado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos», ratificó Carmen Cecilia Martínez, directora asociada de Estrategias Legales para América Latina y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos, durante la conferencia de prensa. 

¿CÓMO SE ENCUENTRA EL CASO CAMILA EN EL PERÚ? 

En 2023, el Comité de los Derechos del Niño de la ONU determinó que el Estado peruano vulneró los derechos de Camila —una niña de 13 años embarazada producto de la violación por parte de su padre— al negarle el acceso al aborto terapéutico y criminalizarla. Este caso sentó un precedente para que Perú garantice este procedimiento y despenalice el aborto terapéutico para niñas y adolescentes.

Sin embargo, a casi dos años de las once medidas ordenadas por el Comité, «el Estado solo ha cumplido con publicar la sentencia en su página web», informó Edith Arenaza representante del equipo de litigio estratégico del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex), organización que representó legalmente a Camila.

En este contexto, el Estado peruano sigue sin garantizar el acceso al aborto terapéutico —legal en el Perú desde 1924—, y las cifras de maternidad en menores de 19 años dan cuenta de ello.

En 2024, según datos del Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo (CNV) del Minsa 39 348 menores de edad dieron a luz en el Perú. De estos, 38 269 correspondieron a adolescentes de 15 a 19 años; 1 078, a menores de 11 a 14 años; y al menos un caso involucró a una niña entre 0 y 10 años.  Mientras que durante este año —hasta 10 de junio— la cifra de madres menores de 19 años alcanza los 14 906.

Las condenas a favor de Fátima, así como de Susana, Lucía, Norma y Camila, reiteran a los estados que deben reconocer que la maternidad forzada es una violación a los derechos humanos y tiene consecuencias directas en los proyectos de vida y la salud de las niñas.

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