Por Carla Díaz

El procurador público Luis Huerta Guerrero, encargado de la defensa del Ministerio de Educación en la demanda interpuesta contra el Currículo Nacional de Educación Básica, confía en que la Corte Suprema fallará a favor de mantener el enfoque de género en las políticas públicas educativas.

Miembro de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional (PPMC), Huerta señaló a Wayka que la argumentación planteada por el Ejecutivo ante la Corte Suprema se sustenta en la defensa de la totalidad del contenido de la guía pedagógica en lo referente al enfoque de género, ya que es un concepto que se encuentra vigente en las normativas y resoluciones estatales.

“Si no hay ningún cambio, (el enfoque de género) sigue vigente, se sigue defendiendo, siempre en base a la Constitución y a los tratados y a la necesidad de promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres”, resaltó Huerta Guerrero.

Para Luis Huerta, el enfoque de género es de suma importancia en la política educativa para enfrentar la desigualdad.

“Está evidenciado que a nivel de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional, el enfoque de género ayuda a superar las desigualdades materiales que existen en el Perú entre hombres y mujeres. Es un concepto importante para fortalecer la obligación del Estado peruano de dar una educación que elimine los estereotipos vigentes en la sociedad que generan desigualdad entre hombres y mujeres. Lo tenemos clarísimo”, explicó el procurador en materia constitucional.

Imagen: Cortesía de La República.

¿Quiénes son?

La aplicación del Currículo Nacional de Educación se mantiene en pausa desde que la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada en parte la demanda presentada por el colectivo Padres en Acción y retiró del documento dos líneas sobre el concepto de género.

La denuncia de Padres en Acción tiene como principal objetivo eliminar la igualdad de género de las políticas educativas y evitar la aplicación de la educación sexual en las escuelas. Si bien este colectivo afirmó que no existían intereses políticos o religiosos en la demanda, sus dirigentes tienen claros vínculos con sectores conservadores de la iglesia católica como el Opus Dei, como reveló una investigación de Wayka.

Por ejemplo, una de sus dirigentes y voceras, Giuliana Calambrogio, es la directora de la Oficina de Educación Católica del Arzobispado de Lima desde marzo de este año. A la vez, el esposo de Calambrogio, Justo Balmaceda, es abogado de Padres en Acción. Tanto Calambrogio, Balmaceda y Gabriela Pacheco, también integrante del colectivo, pertenecen a la comunidad educativa del Opus Dei.

Al respecto, Huerta también fue consultado sobre la posible injerencia del Arzobispado de Lima en la sentencia final, debido a que la Sala de la Corte Suprema que decidirá el futuro del currículo es presidida por Vicente Walde Jáuregui, antiguo abogado del Cardenal Juan Luis Cipriani y del Arzobispado de Lima durante la disputa de bienes que emprendió la institución eclesiástica contra la Pontificia Universidad Católica del Perú en 2007.

“Yo he litigado en la Suprema varios procesos y al final lo que he visto en las sentencias es que la Sala se acoge o no, con argumentos estrictamente jurídicos, estoy seguro y eso espero, que lo hagan nuevamente”, comentó el jurista a Wayka.

El vocal supremo Walde se convirtió en abogado del Arzobispado luego de ser destituido en 2006 por el Consejo Nacional de Magistratura tras haber anulado una sentencia favorable a la Sunat en contra de la empresa Becom. A pesar de ello, fue restituido como juez de la Corte Suprema en 2010 por el Tribunal Constitucional.

El presidente de la Sala Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, Vicente Walde Jáuregui, fue abogado del Arzobispado de Lima en 2007. Dicha instancia decidirá el futuro del enfoque de género en el currículo. Imagen: Poder Judicial


En ventaja

El abogado se mostró optimista sobre el próximo fallo de la Corte Suprema, pues desde la primera instancia, el Poder Judicial estableció que la guía curricular no vulneraba ninguna norma constitucional, ningún derecho de los padres de familia a educar a sus hijos o algún tratado de derechos humanos, en contraste con la demanda inicial de Padres en Acción. “La primera instancia no encontró que el currículo violara alguna norma constitucional”, acotó.

Respecto a la parte que fue declarada fundada por la Primera Sala Civil, el abogado arguyó que se debió a una mala interpretación de dicha instancia en su análisis de legalidad. Según este razonamiento, se habrían vulnerado dos normas de la Ley General de Educación que obligaban a consultar sobre la propuesta de una nueva visión de la sexualidad a los padres de familia. La procuraduría respondió que la ley no exige esta consulta y que aquellas dos normas se refieren a otra materia y no al currículo.

“Ponderando lo que pidió (la parte demandante) respecto a lo que se otorgó, hay una suerte de ventaja por parte del Poder Ejecutivo. Pero, obviamente, esas dos líneas las estamos luchando. Ahora en Suprema estamos batallando para que no sean ilegales”, dijo.

La Sala Permanente Social y Constitucional aún no ha informado si ya tiene lista su resolución final sobre el currículo a pesar de que ya venció el plazo de 30 días hábiles que tenía para pronunciarse.