Ejecutivo y Congreso aprueban ley transfóbica que promueve el odio

Se oficializó una norma transfóbica y, con ella, el odio hacia las personas cuya identidad de género no coincide con la imposición social de corresponder con el sexo asignado al nacer. La norma prohíbe a las personas trans usar los servicios higiénicos acorde con su identidad y ha sido impulsada por los congresistas conservadores y antiderechos Alejandro Muñante (Renovación Popular) y Jorge Montoya (Honor y Democracia). No solo es una legislación discriminatoria sino que su aprobación está plagada de irregularidades.

La norma fue publicada en el diario oficial El Peruano el pasado 12 de mayo como la Ley N.º 32331, bajo el argumento de «fortalecer el derecho a la indemnidad sexual de los niños y adolescentes», una falsa justificación, no existe evidencia que sustente que niños o adolescentes hayan sido o sean afectados de forma alguna por personas trans al usar un servicio higiénico. Lo único que hace esta norma, aprobada por el Congreso, es justificar e incluso promover la violencia contra las personas trans por el hecho de serlo, y las expone a situaciones de discriminación y agresiones.

«Es muy preocupante el tema del uso de los baños. ¿Hasta dónde estamos llegando en la persecución de una comunidad que lo único que hace es luchar por el reconocimiento de sus derechos?», señaló Maju Carrión, directora de Transformar, en diálogo con Wayka.

IRREGULARIDADES EN LA APROBACIÓN 

La norma aprobada surge de los proyectos de ley 6505/2023-CR, presentado por el congresista Jorge Montoya (Honor y Democracia) el 23 de noviembre de 2023, y 8457/2023-CR, planteado por Alejandro Muñante (Renovación Popular) el 22 de junio de 2024. De haberse seguido el procedimiento habitual, ambos proyectos debieron fusionarse en un solo dictamen.

Sin embargo, Montoya retiró su iniciativa el 19 de junio de 2024. Pese a ello, el 21 de febrero de 2025, la Comisión de la Mujer y Familia aprobó un dictamen que combinaba los proyectos 6505/2023-CR y 8457/2023-CR. Es decir, aprobó un dictamen que contenía un proyecto que ya había sido retirado. Para Maju Carrión, este proceso «presentó irregularidades».

Por su parte, Manuel Siccha, representante del Comité de Incidencia Política de la Asociación de Travestis —conformada por las organizaciones nacionales Transexuales y Transgéneros del Perú (ATTT), Transformar Perú, Empoderadxs y la Red Peruana—, declaró a Wayka que el proyecto de Montoya no debió incluirse en el dictamen.

«El solo hecho de retirarlo (el PL de Montoya), ya lo deja sin efecto dentro del procedimiento parlamentario: (lo deja fuera) del análisis, debate y estudio de un proyecto que el propio proponente ha retirado», manifestó Siccha. 

Solicitud de retiro del PL 6505/2023-CR por parte del congresista Jorge Montoya.
Dictamen que contiene el PL 6505/2023-CR, pese a haber sido retirado por el congresista Montoya.

Es decir, la comisión debió aprobar únicamente la iniciativa de Muñante, sin incorporar la de Montoya. No obstante, esta última se mantuvo en el dictamen. Según Siccha, se habría incluido por estrategia, porque el texto de Montoya ya contaba con algunas opiniones favorables, mientras que el de Muñante carecía de ellas

FUE APROBADA SIN TODAS LAS OPINIONES INSTITUCIONALES

La norma no contó con el respaldo de las instituciones consultadas. El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) se abstuvo de emitir una opinión y argumentó que correspondía al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) pronunciarse. Sin embargo, tanto este último como el Ministerio de Educación (MINEDU) calificaron la norma como «viable con observaciones», mientras que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento recomendó que fuera «reevaluada».

Para Maju Carrión, otro de los puntos que omitieron es la observación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento sobre la implementación de un cuarto baño para niños y niñas. “Hay una observación por el tema del costo que acarrea también hacer todos estos cambios en los espacios públicos: centros comerciales, restaurantes, etc.”, señaló.

Lo que sí adjuntaron fue la opinión de organizaciones ultraconservadoras, como el Instituto de Investigación en Población, representado por Carlos Enrique Polo Samaniego; y a la Asociación Persona, Vida y Familia, a través de su presidenta, Giuliana Caccia Arana —vinculada al disuelto Sodalicio de Vida Cristiana—. Ambos forman parte del comité consultivo de Padres Peruanos, grupo ultraconservador que promovió campañas en apoyo a los proyectos antiderechos de la congresista pastora evangélica  Milagros Jauregui.

La ley fue exonerada de revisión en comisiones y enviada directamente al Pleno del Congreso, tras las acusaciones de varios de estos grupos ultraconservadores, que afirmaron que mujeres trans hicieron uso de servicios higiénicos con la puerta abierta durante el evento por el Día de la Visibilización Trans, organizado por la congresista Susel Paredes. Paredes ha rechazado estas acusaciones como parte de una campaña de estigmatización promovida por estos grupos antiderechos; sin embargo, congresistas afines a esa misma línea la han denunciado ante la Comisión de Ética.

EJECUTIVO CALLA Y RESPALDA AL CONGRESO

Ante estas irregularidades, la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros del Perú (ATTT), Transformar Perú, Empoderadxs y la Red Peruana TLGB conformaron el Comité de Incidencia Política y presentaron una carta dirigida a Dina Boluarte, solicitando la observación de la norma por considerarla un atentado contra los derechos fundamentales de las personas trans; sin embargo, no obtuvieron respuesta.

«Es una evidencia más, una raya más al tigre de cómo este gobierno está aliado con el Congreso», manifestó Manuel Siccha, representante de la asociación.

Junto con la carta, enviaron un informe técnico-legal que detalla diversas observaciones jurídicas, técnicas y de políticas públicas. Entre ellas se encuentra la irregular acumulación de un proyecto de ley ya retirado. El documento fue remitido también al Ministerio de la Mujer (MIMP), al Ministerio de Justicia (MINJUSDH) y a la Defensoría del Pueblo, pero ninguna de estas instituciones respondió al documento presentado hasta el cierre de este informe.

UNA NORMA BASADA EN ESTIGMAS

La ley dice ampararse en el interés superior del niño —principio legítimo protegido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)–. Sin embargo, Lesly Díaz, especialista en monitoreo de políticas públicas y normas de Promsex, advierte que este argumento no puede utilizarse para validar medidas discriminatorias.

«Es una instrumentalización del interés superior del niño para legalizar y legitimar una medida discriminatoria», afirmó Díaz.

Ella señala que artículo 5 de la ley —que establece el uso de baños según el sexo biológico— habría sido utilizado por los congresistas ultraconservadores como «comodín» para esta aprobación. 

«Vemos que esta norma fue creada específicamente para aplicar lo establecido en el artículo 5, una medida discriminatoria e inconstitucional», añadió Díaz.

Asimismo, criticó que el artículo 2 resulte ambiguo para regular la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. La norma apela al concepto de indemnidad sexual —que protege a menores de 14 años contra relaciones sexuales—, pero ignora que, según el ordenamiento jurídico peruano, a partir de esa edad los adolescentes adquieren autonomía progresiva y capacidad de consentimiento de libertad sexual con personas de su edad.

La abogada señaló que esta redacción contradice la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y confunde términos legales fundamentales: «indemnidad sexual» y «libertad sexual.

COMUNIDAD TRANS EN RESISTENCIA

Maju Carrión, señaló que presentarán una demanda de inconstitucionalidad —acción legal mediante la cual se solicita al Tribunal Constitucional la nulidad de una norma que contravenga la Constitución— de esta Ley. 

Por su parte, Manuel Siccha instó a la comunidad trans a informarse detalladamente sobre la norma, puesto que no se especifica qué institución estará encargada de su reglamentación, ni las sanciones. 

«Es fundamental documentarse sobre los alcances de esta norma transfóbica. Algunos podrían pensar que incluso contempla sanciones penales, pero no es así: no se ha modificado el Código Penal».

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