Pese a las apelaciones presentadas por Petroperú y otras entidades del Estado el río Marañón y sus afluentes han sido reconocidos como sujetos de derecho. La sentencia refuerza la protección ambiental y cultural, validando la conexión de las mujeres Kukamas con el Marañón, ante las amenazas de la actividad extractiva.

En una sentencia histórica, la Sala Civil de la Corte de Loreto ha reafirmado la sentencia emitida por el Juzgado Mixto de Nauta en marzo del presente año, que reconoce al río Marañón y sus afluentes como titular de derecho, tomando en cuenta la cosmovisión del pueblo Kukama Kukamiria.

Este fallo es el resultado de una demanda liderada por la Federación Huaynakana Kamatahuara Kana, una organización conformada por mujeres del pueblo Kukama, quienes exigen la protección de su entorno frente a los constantes derrames de petróleo en el Oleoducto Norperuano. La decisión judicial además establece darle medidas que fortalecen el cuidado del Marañón y promueve su conservación para las futuras generaciones.

La sentencia, emitida en segunda instancia tras la apelación de entidades como el Ministerio del Ambiente y Petroperú, marca un precedente para los derechos de la naturaleza en Perú. Con esta ratificación, la Sala Civil ordena que se implemente un mantenimiento integral y urgente del Oleoducto Norperuano, y establece la obligación de convocar e institucionalizar consejos de cuenca en el Marañón y sus afluentes, una tarea a cargo del Gobierno Regional de Loreto y la Autoridad Nacional del Agua. 

Una lucha histórica

La batalla legal de la Federación Huaynakana Kamatahuara Kana inició en 2021, impulsada por la necesidad de frenar los graves impactos ambientales y sociales provocados por los derrames de petróleo en la región amazónica.

Para el pueblo Kukama, el Marañón no es solo un recurso natural, sino el “centro del universo”, como lo describe la jueza Roxana Carrión Ramírez en su voto complementario. Esta relación intrínseca, en la que el río representa una fuente de vida, alimento y transporte, ha sido reconocida en la sentencia como un valor a proteger, tomando en cuenta la cosmovisión indígena que concibe al río como un ente vital, digno de respeto y conservación.

En una audiencia celebrada en mayo, representantes de la federación Huaynakana Kamatahuara Kana, como Emilsen Flores y Gilda Fasabi, presentaron sus testimonios ante la Sala Civil, expresando la urgencia de proteger el Marañón. Ellas argumentaron que la situación no solo amenaza sus tradiciones y modos de vida, sino también su derecho a vivir en un ambiente sano y a transmitir un patrimonio cultural intacto a sus descendientes.

Medidas concretas para la protección del Marañón

Con la ratificación de la sentencia, se reitera que los derechos reconocidos al río Marañón deben enmarcarse en la conservación, mantenimiento y uso sostenible de sus aguas y ecosistemas. Petroperú, como operador del oleoducto que atraviesa la región, deberá realizar una evaluación ambiental integral, actualizar sus procedimientos de intervención en zonas de riesgo y ejecutar un plan de mantenimiento en coordinación con las autoridades locales e indígenas, quienes serán consultadas para garantizar que sus derechos y el equilibrio del entorno sean respetados.

Además, el fallo establece la conformación de consejos de cuenca para el río Marañón y sus afluentes, que deben incluir la participación activa de la comunidad indígena, la Autoridad Nacional del Agua y el Gobierno Regional de Loreto. Este mecanismo busca institucionalizar la defensa del río y asegurar una gestión sostenible que no solo reduzca los riesgos de contaminación, sino que incluya a los pueblos amazónicos en las decisiones sobre el manejo y la protección de sus recursos.

Mari Luz Canaquiri, presidenta de la Federación Huaynakana Kamatahuara Kana, expresó el sentimiento de orgullo de las mujeres Kukama tras este logro: “Estamos agradecidas con las comunidades, los pueblos y nuestros aliados por todo el trabajo conjunto de estos años. Defender el río es nuestra misión, porque es parte de nuestras vidas y el legado que queremos dejar a nuestras futuras generaciones”.

Un precedente para los derechos ambientales en Perú

Este reconocimiento del Marañón como sujeto de derecho significa que cualquier actividad extractiva o proyecto que ponga en riesgo sus derechos podrá ser cuestionado judicialmente. La abogada Maritza Quispe Mamani, del Instituto de Defensa Legal (IDL), quien representó a la federación en el proceso, resaltó que la sentencia es apenas el primer paso de un largo camino. 

«Ahora debemos solicitar la implementación de esta sentencia para que las autoridades del Estado cumplan con las órdenes emitidas. Es fundamental que el mantenimiento del oleoducto y otros procesos, como la evaluación de impacto ambiental, sean consultados con los pueblos indígenas, quienes son los principales afectados».

Esta resolución judicial se presenta como un modelo a seguir en la defensa de los ecosistemas en el país, siendo respaldada por organizaciones como Earth Law Center, International Rivers, Forum Solidaridad Perú y otros aliados que contribuyeron en el desarrollo de la demanda y la defensa de los derechos del Marañón. 

Este fallo histórico coloca al Perú en la lista de países pioneros en el reconocimiento de los derechos de los ríos, una medida que refleja el compromiso de las comunidades y organizaciones en la lucha por preservar la Amazonía y enfrentar las amenazas ambientales que ponen en peligro su equilibrio y el bienestar de sus habitantes.