Inédito: Juez obliga a adolescente a continuar con embarazo sin considerar su estado de salud

El juez del Quinto Juzgado de Familia de la Corte Superior de Arequipa, Giancarlo Torreblanca Gonzáles, emitió una resolución en la que impuso la maternidad obligatoria a una adolescente de 16 años y limitó su posibilidad de acceder al servicio de salud, según reportó el medio RPP.

Brenda Álvarez, abogada y presidenta de Proyecta Igualdad y Justicia Verde, explicó en una entrevista exclusiva para Wayka que el magistrado ha omitido la correcta aplicación del marco normativo de protección del interés superior del niño y adolescente, establecido en la Ley 30466.

«(El sistema judicial) está restringiendo a una adolescente que debería protegerla. Hay una orden y un mandato de protección reforzada en el marco de la Ley 30466 para el Poder Judicial. Aquí no lo han hecho, y el juez no lo ha hecho. Lo ha omitido absolutamente», señaló Álvarez.

También señaló que de acuerdo con esta normativa, en casos de decisiones judiciales que afecten a niños, niñas y adolescentes, debe primar el interés superior del menor. La ley también establece la obligación del sistema de justicia de evaluar si sus resoluciones generarán bienestar o no en las adolescentes y niñas afectadas.

Una orden que no garantiza el bienestar de la adolescente

Tal como señala la abogada, los jueces de familia —como parte del sistema de justicia especializada— están obligados a aplicar con rigor la ley que prioriza el interés superior de la menor. Sin embargo, en este caso, el juez Torreblanca ordenó un informe sobre la salud física y mental de la adolescente después de haber emitido su fallo, y no como una condición previa al mismo.

“La adolescente ha sido absolutamente invisibilizada en el proceso judicial. Se le trató simplemente como un objeto sobre el que recayó una obligación, en contra de todas las leyes que exigen una protección reforzada por parte del Estado y el sistema de justicia hacia niñas y adolescentes”, afirmó Álvarez.

La abogada criticó que el magistrado no evaluara, antes de fallar, factores clave como los riesgos para la salud física, mental e incluso la vida de la adolescente derivados de la gestación. Al omitir esta evaluación, el juez limitó la posibilidad de que la menor acceda al aborto terapéutico —legal en el Perú desde 1924— en caso de que su salud esté o se vea comprometida.

Según la sentencia – publicada por el medio RPP – el juez con su fallo también vulnera el derecho a la salud de la menor, pues prohíbe expresamente que acuda a cualquier centro médico donde pueda recibir procedimientos relacionados con la interrupción del embarazo u otros tratamientos que «pongan en peligro la gestación», sin considerar la posibilidad de que propia vida de la adolescente corra riesgo.

Un precedente peligroso

Para Álvarez, este caso sienta un precedente alarmante en el tratamiento judicial de adolescentes embarazadas, avanzando hacia la obstrucción del aborto terapéutico y evidenciando las falencias de un sistema que debería protegerlas.

“Plasma un parámetro bastante cuestionable y también vergonzoso, porque da cuenta, creo yo, del nivel de muchos jueces de familia”, indicó. 

Álvarez, con experiencia en casos de criminalización del derecho a decidir sobre cuerpos gestantes, denunció que este tipo de violencia institucional ocurre precisamente en espacios que deberían garantizar su bienestar, como el sistema de justicia o de salud.

«Muchas adolescentes llegan a hospitales con emergencias obstétricas —sangrados, pérdidas espontáneas— y son tratadas por el Ministerio Público y el Poder Judicial con una fiereza que ni siquiera se aplica en casos de mujeres adultas», explicó.

Para la abogada Brenda Álvarez, estas decisiones reflejan estereotipos de género que siguen, desafortunadamente, vigentes. 

“El juez priorizó el cumplimiento de un mandato basado en estereotipos de género, la maternidad obligatoria, y por eso omitió aplicar el marco legal vigente. Consideramos que esto viola el principio de imparcialidad judicial, pues fue precisamente ese prejuicio de género lo que lo llevó a ignorar el cumplimiento del marco normativo legal (ley 30466)», afirmó Álvarez.

En 2024, 39 348 menores de edad dieron a luz en el Perú, según datos del Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo (CNV) del Ministerio de Salud (Minsa). De estos, 38 269 correspondieron a adolescentes de 15 a 19 años; 1 078, a menores de 11 a 14 años; y al menos un caso involucró a una niña entre 0 y 10 años.  Arequipa reportó 782 casos.

Actualidad