Tribunal Constitucional declaró nula la denuncia contra el expresidente Francisco Morales Bermúdez por crímenes de lesa humanidad como parte del Plan Cóndor. Magistrados argumentaron a favor de la prescripción de los delitos; un precedente que podría aplicarse a casos del conflicto armado interno.

Lucero Ascarza

En setiembre, tres magistrados del Tribunal Constitucional (TC) declararon fundada la demanda de habeas corpus presentada por el expresidente Francisco Morales Bermúdez, investigado por su participación en el Plan Cóndor. Con los votos de Augusto Ferrero, Ernesto Blume y José Luis Sardón, se anuló la denuncia fiscal en su contra.

El principal argumento en el fallo es que los delitos de lesa humanidad imputados a Morales Bermúdez –secuestro y deportación de opositores políticos– ocurrieron antes de 2003. Ese año el Congreso de la República aprobó la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad de las Naciones Unidas.

lesa humanidad

Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), calificó la sentencia del TC como un grave retroceso. «La propia Convención señala que no importa cuándo hayan ocurrido los delitos de lesa humanidad, estos no prescriben. Y cuando Perú ratifica el tratado internacional en 2003, está aceptando sus términos», explica. Así, pese a que la Convención no se puede modificar, lo que estaría haciendo ahora el TC es reinterpretar cómo se aplica el tratado. Algo que no solo tendría consecuencias en el caso del Plan Cóndor.

«Algunas personas que están siendo investigadas o juzgadas por delitos de lesa humanidad podrían pretender que los mismos criterios sean aplicados en sus casos. Podría tener un efecto dominó», alertó Gloria Cano, abogada de la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH).

Ambos abogados consultados por Wayka coinciden, además, que el reciente fallo a favor de Morales Bermúdez contradice otra sentencia emitida por el TC.

Podrían prescribir otros casos

Cuando el Congreso de la República aprobó la Convención mediante la Resolución Legislativa 27998, emitió una reserva sobre su carácter retroactivo. Los magistrados Ferrero, Blume y Sardón aluden a esa reserva para determinar que los hechos por los que se acusa a Morales Bermúdez ya habrían prescrito.

«Pero esa Resolución Legislativa del año 2003 fue declarada inconstitucional en una sentencia que emite el Tribunal Constitucional en 2011. Declara también que la reserva del Congreso sobre la Convención es inválida para el derecho internacional«, comenta Rivera.

Además, dicho tribunal estableció que los argumentos de su sentencia iban a constituir un precedente vinculante. «Eso significa que son argumentos de obligatorio cumplimento para todos los integrantes del sistema de justicia y autoridades públicas de este país», precisa el abogado de IDL.

De esa manera, en el fallo quedó entendido que «la Convención de Imprescriptibilidad para delitos de lesa humanidad se puede aplicar a hechos anteriores a la suscripción de este convenio», apunta Gloria Cano. Con ese sustento, el Ministerio Público denunció al expresidente Morales Bermúdez y el Poder Judicial le abrió un proceso. Pero el actual fallo del TC podría significar su archivo definitivo.

«También se puede presentar un escenario más complejo. Yo no dudo que en unos días o semanas van a presentarse otros habeas corpus para que otros casos de graves violaciones de derechos humanos previos al 2003 dejen de ser imprescriptibles«, expresó Rivera. Eso comprendería a todos los casos del conflicto armado interno.

Con solo tres votos

Otro aspecto que resalta en la sentencia del TC es que esta se emitió con los votos de solo tres magistrados. De los siete integrantes del tribunal, fueron Sardón, Ferrero y Blume quienes dieron razón a la demanda de Morales Bermúdez; mientras que Carlos Ramos, Manuel Miranda y Eloy Espinosa-Saldaña votaron a favor de que se declare improcedente.

Normalmente, ese empate habría sido resuelto con el voto dirimente de la presidenta del TC, Marianella Ledesma. Sin embargo, la magistrada se abstuvo de la deliberación y votación en este proceso. El presunto motivo sería que su padre, Genaro Ledesma, fue una de las 13 personas capturadas y deportadas en la dictadura de Morales Bermúdez. De esa manera, el voto dirimente quedó a cargo de Augusto Ferrero, vicepresidente del TC, quien determinó la actual sentencia.

La abogada Gloria Cano califica el resultado como inaceptable. «Una sentencia con tres votos no puede traerse abajo efectos vinculantes de una sentencia mayoritaria con siete votos del Tribunal Constitucional (2011)», asegura. Según informó a Wayka, APRODEH presentará un escrito al juzgado penal a cargo del proceso de Morales Bermúdez, buscando que se garantice la aplicación de tratados internacionales de derechos humanos.