Pese a que la denuncia se interpuso al mediodía, la fiscalía demoró más de 6 horas en apersonarse, lo que retrasó la continuidad del proceso. Además incurrieron en revictimización de la reportera agredida.

Redacción Wayka

El día 21 de septiembre, en horas de la mañana, dos reporteras de Wayka se encontraban en el distrito de Comas entrevistando a ciudadanos como parte de sus actividades laborales. En ese momento caminaba por la zona Alberth Andrés Tisnado Capristan, por lo que decidieron realizarle una breve entrevista.

Cuando ambas reporteras se acercaron para hacerle las preguntas, Tisnado desaceleró al encontrarse cerca a la entrevistadora. En ese instante, y en un acto de perjuicio contra la libertad sexual de nuestra compañera, Tisnado Capristan extendió su brazo y tocó uno de sus glúteos. Ella reaccionó inmediatamente, pero él se retiró del lugar como si nada hubiera sucedido.

Sin embargo, las periodistas lo siguieron, y con este acto inicial decidieron no dejar impune el hecho, pese a las trabas que enfrentaron durante ese día y hasta hoy.

El conserje del condominio al que ingresó Alberth Tisnado no quiso brindar más información sobre el agresor. Por lo que se dirigieron a la comisaría de Santa Luzmila, ubicada en el mismo distrito. Uno de los oficiales, tras la denuncia, las acompañó a la dirección y Tisnado fue detenido.

No obstante, y pese a que la denuncia policial fue interpuesta cerca al mediodía, las horas transcurrieron y los trámites avanzaban lento. “Cada vez que preguntamos nos mencionaron que ya habían dado parte a la fiscalía pero que no se reportaban. Luego llevaron al detenido a realizarle unos exámenes, pero siempre nos decían que la fiscalía no se comunicaba. Ya llevábamos un buen número de horas, ya eran las 6 de la tarde y decidimos comunicarles a ustedes”, menciona la reportera. 

Tras ser trasladada al Departamento de Investigación Criminal (DEPINCRI) la reportera fue citada para que al día siguiente brindara sus declaraciones y pasara por el médico legista, y continuara con el procedimiento.

PROTOCOLO SIN ENFOQUE DE GÉNERO

Al día siguiente, tanto la reportera agredida como el denunciado tenían una cita programada para la pericia psicológica, sin embargo, ella tuvo que coincidir en el mismo espacio con su agresor. Según el abogado Pedro Enao, delegado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el fiscal Julio Miguel Natividad Solano, es el responsable de garantizar que los protocolos de atención en casos de violencia de género se realicen adecuadamente. “Parece que hubo un error de coordinación. Esto le corresponde al Ministerio Público y yo la dejé con un representante de la fiscalía”, explicó el abogado. 

Wayka se comunicó con el fiscal a cargo, quien contradictoriamente, dijo que no era su responsabilidad. “Eso escapa de mis manos, eso ya es responsabilidad de los temas administrativos de los oficiales, eso no está a cargo mio”, señaló.

Sobre el tema, el representante del Ministerio Público y la oficial de la Polícia Nacional del Perú, que se encontraban con la reportera agredida, aseguraron que sí se hicieron las coordinaciones correspondientes, pero que ellos no habían contemplado que se les enviaría al mismo lugar para la pericia psicológica. 

Para la reportera agredida, este episodio es una forma de revictimización para las mujeres que denuncian violencia. “En un momento nos cruzamos cara a cara a pocos pasos y yo estaba sola. Yo les había comentado que me daba mucho miedo cruzarme con él, que no podía verle a la cara (…) Este es un sistema hecho para no denunciar, un sistema que revictimiza, tener que aprenderme el nombre de un tipo del que no quiero volver a saber nada, tener que contar una y otra vez lo que pasó. Cada que veo un pantalón amarillo (en referencia a la prenda que llevaba el agresor) me recuerda al tipo”, declaró.

A LA ESPERA DEL PEDIDO DE LA FISCALÍA

El caso ha sido derivado al Centro de Emergencia Mujer (CEM) de Comas, quienes se encargarán de la representación legal a partir de ahora. Ellos deberán notificar la decisión del fiscal que será tomada hoy, donde se resolverá si el agresor es liberado o amerita enviar el caso al juzgado solicitando prisión preventiva.

Por lo pronto, nuestra colega se encuentra a la expectativa de que se pueda sancionar como es debido a su agresor, ya que, según el artículo 176 del Código Penal Peruano, El que sin propósito de tener acceso carnal regulado por el artículo 170, realiza sobre una persona, sin su libre consentimiento, tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos, en sus partes íntimas o en cualquier parte de su cuerpo será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años”.