Ayer se llevó a cabo la audiencia de pedido de prisión preventiva contra el joven estudiante Óscar Bellido. La Fiscalía lo acusó del delito de disturbios. «La marcha del 22 de julio no ha sido pacífica, ha sido violenta», dijo la fiscal Johana Velasco. Mientras tanto, la defensa legal del estudiante señaló que el Ministerio Público no posee medios probatorios y existen contradicciones de la Policía y la Fiscalía. El Poder Judicial decidió la libertad del joven detenido.
Por Jair Sarmiento
«No resulta proporcional la medida de prisión preventiva«. Así, el juez Jorge Eduardo Díaz Leiva declaró infundada la medida solicitada por la Fiscalía y por ende se dejo en libertad al joven estudiante de publicidad de la PUCP y brigadista, Óscar Bellido Alata, a quien se le acusó del delito de disturbios por hacer presuntas pintas contra el régimen de Dina Boluarte.
En ese sentido, el juez Díaz Leiva llegó a esa conclusión luego de revisar los indicios presentados por el Ministerio Público. Casi todos estos documentos no fueron considerados como graves elementos de convicción por lo que no había sustento del delito que se le imputó al joven universitario.
Óscar Bellido participó de la Gran Marcha Nacional del sábado 22 de julio contra el régimen de Dina Boluarte en donde fue detenido arbitrariamente por policías y ternas frente al Palacio de Justicia. Su detención fue cuestionada por organismos de derechos humanos, abogados y la sociedad civil ya que estuvo incomunicado en la comisaría, hubo obstaculización de su tratamiento médico y fue sometido a presiones para firmar documentos autoincriminatorios.
Irregularidades de la Fiscalía
El juez evidenció que hubo diligencias sin la presencia de un fiscal presente, puesto que las actas estaban firmadas por el fiscal cuando aún no ejercía funciones. En el acta fiscal se señala que el fiscal Juan José Gonzáles Cortéz inició sus labores a las 10:30 p. m. en la Comisaría de Cotabambas. Sin embargo, en dos actas de perennización aparece su firma a las 10:10 p. m. y 09:05 p. m.
«Esto obedece a una irregularidad por parte del Ministerio Público por suscribir actas no estando presente», indicó el juez. Cabe añadir que esta falta fue alertada previamente por Juan José Quispe, abogado del Instituto de Defensa Legal y defensa del brigadista voluntario de primeros auxilios de Ninasonqo.
Las contradicciones de la PNP
Uno de los elementos de convicción presentados por la Fiscalía fueron las declaraciones de miembros de la PNP, las cuales fueron desestimadas por el magistrado.
En tal sentido, el efectivo policial Walter Palomino Simon señaló en dicho documento: «me percate que esos manifestantes habían realizado pintados en la parte exterior de Palacio de Justicia, se pudo evidenciar que uno de los textos decía «Dina Asesina» pintado de color azul y otros textos de color blanco». Incluso en el acta de inspección técnico policial se señala que habrían fotos de esta pinta en la columna izquierda de dicha sede judicial.
Sin embargo, en las imágenes presentadas dentro de la carpeta fiscal no se presenció ninguna pinta. La pared estaba limpia.
En tanto, la otra pinta que dice «Amigo policía, el que te manda a matarnos, también te matará», se mostró pantallazos de un video donde se visualizaría presuntamente al joven estudiante haciendo dicha pinta.
Asimismo, existe otras declaraciones de miembros del Escuadrón Verde de la PNP (Carlos Altamirano Quintana y Elvis Baños Velarde) en donde mencionan que habían mil personas en las escalinatas de Palacio de Justicia «realizando pintas» y que pretendían «tomar» dicha institución. Sin embargo, las declaraciones del policía Palomino Simon señalan lo contrario, ya que este menciona que solo habían 10 personas alrededor del estudiante.
En efecto, la Fiscalía no mostró indicios sustanciosos y por momentos se apoyó en la criminalización y estigmatización de la protesta. «La marcha del 22 de julio no ha sido pacífica, ha sido violenta«, dijo la fiscal Johana Velasco Bardales. Lo mismo hizo la Procuraduría del Ministerio del Interior quien le dijo al juez que tenga en cuenta el contexto del país.
El juez recordó que Bellido una situación similar en el 2017 donde la sanción fue administrativa. Según la defensa legal, esto es lo que corresponde y no la prisión.
«Yo no soy un delincuente, que se me siga investigando, pero que sea en libertad, no en un penal«, manifestó Oscar Bellido durante la audiencia.
Es necesario recordar que este pedido de prisión preventiva provino de la fiscal Rocío Castañeda Layseca, fiscal del Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María. Esta funcionaria fue designada por la cuestionada Fiscal de la Nación, Patricia Benavides en febrero de este año.
Desde la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (Cnddhh), la abogada Mar Pérez indicó que el tipo penal de disturbio exige que se produzca violencia y un daño grave a la propiedad, y que al realizar una pinta no se comete ningún tipo de violencia ni daño grave a la propiedad.
«No se configura el delito. Es inexplicable que les estén pidiendo prisión preventiva. Lo que está claro es que se busca dar un escarmiento público y sembrar el miedo en jóvenes para que dejen de protestar contra el régimen», detalló la letrada.