Redacción Wayka

Tras dos días de paro indefinido en contra del fallo del Tribunal Constitucional que desconoce el derecho a la consulta previa en el marco de concesiones mineras, las comunidades campesinas de Puno logran pactar una mesa de diálogo con el Gobierno para el próximo 8 de abril y comunican la vulneración de sus derechos a Francisco Calí Tzay, relator especial sobre los derechos humanos de los pueblos indígenas de las Naciones Unidas. 

El pasado 20 de enero, cabe recordar, los magistrados José Luis Sardón, Ernesto Blume, Manuel Miranda y Augusto Ferrero votaron por declarar infundada una demanda presentada por dirigentes de las comunidades de Chila Chambilla y Chila Pucará (Puno) que buscaba anular dos concesiones mineras de 2 mil hectáreas que fueron otorgadas sin respetar el derecho a la consulta previa.

Desde el Gobierno, el presidente Pedro Castillo tomó conocimiento del reclamo de las comunidades campesinas de Puno cuando llegó a Puno el pasado jueves 24 de marzo. Confrontado por los dirigentes comunales, el presidente pactó una mesa de diálogo en Puno para el próximo 8 de abril para atender el pliego de reclamos de las comunidades. 

El paro indefinido en Puno exige la reestructuración del Tribunal Constitucional y la anulación de las dos concesiones mineras otorgadas a la compañía Cemento Sur S.A del Grupo Gloria y que en 2016 transfirieron a la empresa Kuskalla Mining Company. Las concesiones, según reclaman las comunidades, se entregaron sin realizar el proceso de consulta previa.

CARTA A LA ONU

El fallo del Tribunal Constitucional que desconoce el derecho a la consulta previa también fue comunicado al relator especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, Francisco Calí Tzay. La carta fue enviada por Derechos Humanos y Medio Ambiente (DHUMA), el Instituto de Defensa Legal (IDL) y el Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos de la Universidad de Ottawa. 

En el oficio, las organizaciones resaltan que los derechos reconocidos en el Convenio 169 de la OIT son derechos fundamentales de origen convencional y que el mismo Tribunal Constitucional en dos fallos del 2005 ha reconocido que los tratados internacionales de derechos humanos tienen rango constitucional.  

“Las sentencias descritas en esta comunicación muestran una tendencia de tres magistrados del TC, que hoy conforman la mayoría, de desconocer las obligaciones internacionales del Perú en materia de derechos humanos y de pueblos indígenas”, dice la carta enviada al relator de la ONU,  Francisco Calí Tzay. “Las sentencias descritas podrían ser usadas para desconocer la validez del Convenio 169 de la OIT y la interpretación dada al artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, poniendo en mayor vulnerabilidad a los pueblos indígenas del Perú”, agrega el escrito. 

Frente a esa situación, las organizaciones de derechos humanos solicitan al relator Calí Tzay que se pronuncie sobre el fallo que desconoce el derecho a la consulta previa y que exhorte al Tribunal Constitucional a usar el control de convencionalidad para fortalecer la protección de los pueblos indígenas; y que solicite al Estado peruano información sobre las medidas que adoptarán para proteger la consulta previa.