Proyecto de sentencia del Tribunal Constitucional también propone que el Ministerio de Cultura determine en qué provincias estas prácticas se consideran tradiciones culturales. El próximo 25 de febrero, el TC debatirá el caso en transmisión en vivo.

Redacción Wayka

El próximo 25 de febrero se pondrá en debate restricciones a las corridas de toros y las peleas de gallos. El proyecto de sentencia del Tribunal Constitucional (TC) propone que se restrinja el acceso de menores de edad a este evento. Además, plantea que el Ministerio de Cultura determine cuáles son las provincias donde estas prácticas se consideran tradiciones culturales.

Por otro lado, el proyecto indica que no se podría practicar el yawar fiesta, el jalatoro, el jalapato y el «curruñao», la matanza de gatos que ocurre en la fiesta de Santa Efigenia, en Cañete.

Además, las autoridades deberán verificar en corridas de toros y peleas de gallos que los animales no sean víctimas de maltratos previos a la actividad.

Antecedentes

En 2018, el TC admitió una demanda de inconstitucionalidad presentada por 5 mil 286 ciudadanos contra la Ley de Protección y Bienestar Animal, que prohíbe el maltrato o la crueldad hacia los animales. Esta ley incluye una disposición complementaria final que excluye a las corridas de toros, peleas de gallos «y demás espectáculos declarados de carácter cultural» de la prohibición.

corridas de toros

En el proyecto de sentencia del TC sobre el caso, se recogen algunos de los argumentos de los ciudadanos demandantes:

«Permitir que un grupo de personas someta a tortura, tratos crueles y dé muerte a animales, más aún si dichos actos se realizan por diversión en espectáculos públicos, va contra la moral, la psiquis y el espíritu de las personas, vulnerando la dignidad y la naturaleza racional y emotiva del ser humano».

«Las manifestaciones que son dañinas para la sociedad por ser violentas, donde hay maltrato y muerte, no conducen a la civilización ni contribuyen al desarrollo de un país, por lo que no deben ser avaladas ni protegidas por el Estado (…) la Constitución protege el derecho a la cultura, pero no el derecho a maltratar y torturar animales».

Resolución pendiente

El proyecto de sentencia correspondiente a abril del 2019, declara infundada la demanda de inconstitucionalidad. Es decir, ratificaría la no prohibición de corridas de toros, peleas de gallos y prácticas similares.

«Las corridas de toros y las peleas de gallos deben realizarse de acuerdo con las prácticas y usanzas tradicionales, que son las que justifican la excepción», se lee en el texto de los magistrados. Sin embargo, el proyecto sí plantea ciertas restricciones:

  • Las autoridades deben verificar que los animales involucrados en estas prácticas no sean víctimas de maltratos previos a la actividad.
  • El Congreso debe analizar cada 20 años una eventual prohibición de esas actividades.
  • El Ministerio de Cultura debe establecer cuáles son las provincias donde las corridas de toros y peleas de gallos son tradiciones culturales.
  • Se debe restringir el acceso de menores de edad a las corridas de toros y peleas de gallos.
  • No se pueden practicar el yawar fiesta, el jalatoro, el jalapato y el «curruñao», la matanza de gatos que ocurre en la fiesta de Santa Efigenia, en Cañete.