Tribunal Constitucional declara parcialmente inconstitucional la Ley Antiforestal, pero legaliza la deforestación en la Amazonía

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada en parte la demanda contra la Ley 31973, conocida como Ley Antiforestal, al considerar inconstitucionales dos modificaciones a la Ley Forestal y de Fauna Silvestre. No obstante, validó una disposición que especialistas califican de peligrosa para la protección de los bosques.

Disposiciones declaradas inconstitucionales

Con cinco votos a favor, el TC anuló las Disposiciones Complementarias Transitorias Primera y Segunda de la norma, argumentando que representan «una amenaza cierta para los recursos forestales y de fauna silvestre» y porque no se realizó una consulta previa a los pueblos indígenas.

La Primera Disposición Complementaria Transitoria eliminaba la exigencia de zonificación forestal para otorgar títulos habilitantes, lo que permitiría explotar recursos sin evaluar el impacto ambiental. El Tribunal señaló que esta medida vulnera las obligaciones estatales de preservación del ambiente y uso sostenible de los recursos naturales.

Por su parte, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria prohibía otorgar títulos habilitantes en áreas en proceso de reconocimiento o titulación para comunidades campesinas y nativas, así como en zonas destinadas a reservas territoriales para pueblos indígenas en aislamiento voluntario. Ante ella, el TC sostuvo que, debido a que este cambio afecta a comunidades nativas, tuvo que hacerse un proceso de consulta previa y por al final fue considerada inconstitucional.

Resolución de Tribunal Constitucional

Disposición que facilita la deforestación

Pese a estos avances, el TC rechazó la demanda contra la Única Disposición Complementaria Final de la Ley Antiforestal, la cual introduce excepciones sobre predios sin masa boscosa en los que se desarrolla actividad agropecuaria. Según los demandantes, esta disposición facilita la deforestación y la privatización de tierras.

El Tribunal reconoció que esta medida entra en conflicto con el principio de sostenibilidad, pero justificó su constitucionalidad bajo el argumento que solo afecta predios privados con títulos de propiedad o constancias de posesión previas a la promulgación de la ley. Asimismo, indicó que la obligación de mantener al menos el 30% de cobertura boscosa garantiza cierto equilibrio ambiental.

Otro punto controvertido del fallo es la validación del cambio en la entidad encargada de la zonificación forestal y clasificación de bosques. El TC determinó que estas competencias pasarán del Ministerio del Ambiente (MINAM) al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), argumentando que la Constitución no asigna expresamente estas funciones a una entidad específica, dejando la decisión en manos del Congreso.

Críticas al fallo

El Instituto de Defensa Legal (IDL) expresó su rechazo a la validación de la disposición complementaria final. Según su pronunciamiento, esta medida legaliza la deforestación en la Amazonía al permitir que tierras previamente deforestadas de manera ilegal sean regularizadas para uso agropecuario.

De la misma forma, Red Muqui advierte que esta norma beneficia a grandes empresas agroindustriales, especialmente a aquellas vinculadas a la palma aceitera, que han deforestado miles de hectáreas en la región. También critica que el Tribunal no haya ordenado al Congreso realizar un proceso de consulta previa con los pueblos indígenas, a pesar de reconocer la afectación de sus derechos.

«El Tribunal Constitucional vuelve a poner en riesgo los bosques protegidos, y favorece a grandes propietarios y empresas agroindustriales, promoviendo el tráfico ilegal de tierras y debilitando la institucionalidad ambiental en el país. Lamentablemente tenemos un Tribunal Constitucional que no garantiza la defensa y protección de nuestro medio ambiente en el Perú, ya que del Poder Ejecutivo y el Congreso ya no se espera nada respecto a este tema», dijo Jaime Borda, secretario ejecutivo de la Red Muqui, para Wayka.

Por otro lado, las organizaciones ambientales resaltaron como un avance la restitución de la obligación de zonificación forestal antes de otorgar títulos habilitantes. No obstante, alertaron que solo algunos Gobiernos Regionales han avanzado en este proceso, por lo que se requiere un mayor esfuerzo de las autoridades nacionales y regionales.

Exigencias para una mayor protección ambiental

Ante la situación, el IDL exigió al Tribunal Constitucional una aclaración sobre las salvaguardas ambientales contempladas en la sentencia, especialmente en lo que respecta a la reserva mínima de cobertura boscosa y la responsabilidad de quienes han cometido infracciones ambientales.

Finalmente, se alerta que en un país donde se deforestan ilegalmente 150,000 hectáreas de bosque amazónico cada año, la convalidación de ciertos cambios introducidos por la Ley 31973 debilita aún más la institucionalidad ambiental. La falta de un análisis profundo sobre los verdaderos beneficiarios de esta legislación deja abierta la posibilidad de que sean las grandes empresas, y no los pequeños productores, quienes saquen mayor provecho de esta norma.

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