30 años del Convenio 169 de la OIT: la mitad de los acuerdos de consulta previa sigue sin cumplirse en el Perú

A tres décadas de la entrada en vigencia del Convenio 169 de la OIT, el Perú ha desarrollado 111 procesos de consulta previa para garantizar la participación de los pueblos indígenas en decisiones que afectan sus territorios, recursos y modos de vida. Sin embargo, solo el 50% de los acuerdos se llegó a implementar, reconoció el Viceministro de Interculturalidad, Percy Barranzuela.

Estos datos se compartieron  durante el Foro Público organizado el 25 de noviembre por Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR). El encuentro reunió a especialistas, autoridades, representantes indígenas y organismos internacionales, quienes coincidieron en que el principal desafío hoy es pasar del diálogo a la ejecución real, fortaleciendo la institucionalidad estatal y la participación efectiva de los pueblos indígenas.

Los vacíos que perpetúan el incumplimiento

En declaraciones para Wayka, Diego Saavedra, antropólogo e investigador, explicó que el incumplimiento de la mitad de los acuerdos tiene causas estructurales dentro del propio Estado.

Hay un problema en la relación entre la ley y el reglamento. El reglamento no identifica un mecanismo que reconozca responsabilidades y plazos para el cumplimiento de los acuerdos”, señaló. Esto genera que, incluso cuando se alcanzan consensos, estos no se traducen automáticamente en acciones concretas.

El segundo problema es la dispersión institucional. “Cada sector termina asumiendo responsabilidades en la implementación de la consulta previa y crea sus propios mecanismos o matrices para reportar qué acuerdos se han cumplido y cuáles no”, explicó Saavedra. Por ello, considera urgente “homogeneizar procesos, fortalecer al Ministerio de Cultura y darle capacidad para ejercer realmente el rol de ente rector”.

Especialistas como Iris Olivera (DAR) sostienen además que el país requiere herramientas públicas de seguimiento y transparencia para monitorear avances reales y permitir vigilancia ciudadana efectiva.

Una sentencia que el Congreso no cumple

Otro desafío central es la implementación de la consulta previa legislativa, necesaria para que los pueblos indígenas participen en la creación de leyes que afectan sus derechos. Sobre este punto, Saavedra es categórico:

Desde 1995 el Estado está obligado a adecuar el reglamento del Congreso para permitir la consulta previa legislativa, pero no lo ha hecho”. A ello se suma “una sentencia de la Corte Suprema que obliga al Congreso a actualizar su reglamento para garantizar la consulta, y que sigue incumplida”.

Con el retorno a un Congreso bicameral, el proceso para ajustar el reglamento implicará votaciones en ambas cámaras, lo que representa —según Saavedra— “un reto mayor para las organizaciones indígenas que deberán insistir en el cumplimiento de la normativa y la sentencia”.

Créditos: DAR

Formación, información y reconocimiento de los protocolos indígenas

Para el antropólogo, asegurar una participación real de los pueblos indígenas implica revisar el procedimiento desde su inicio. “Después de 12 años de implementación, los pueblos deberían participar activamente en la construcción del plan de consulta”, sostiene.

Sin embargo, en la práctica, “los pueblos suelen enterarse a mitad del proceso de qué se les está consultando”. Saavedra considera indispensable que el Ministerio de Cultura sostenga un trabajo continuo de capacitación e información sobre implicancias del derecho a la consulta previa.

También destaca la importancia de reconocer los protocolos autónomos de consulta, elaborados por los propios pueblos. “Son instrumentos que recogen su propia visión del territorio y su experiencia acumulada de más de 10 años. Deben ser respetados e incorporados”, subraya.

Por: Silvia Bardales

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