Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) también ordenó que universidades cambien a autoridades encargadas de recibir acusaciones por este tipo de violencia.

Redacción Wayka

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) modificó artículos del reglamento de la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual. Ahora, las acusaciones por este tipo de violencia no serán recibidas por las defensorías universitarias ni por un Comité de intervención frente al hostigamiento sexual, sino por otras tres entidades. El proceso de denuncia también será distinto.

Para adaptarse a estos cambios, los centros universitarios tendrán hasta 180 días calendario, desde que entre en vigencia el Decreto Supremo que autoriza el nuevo reglamento.

De acuerdo con las modificaciones publicadas el pasado lunes 26 de julio, los nuevos operadores de justicia serán la Secretaría de instrucción, la Comisión disciplinaria para actos de hostigamiento sexual y el Tribunal Disciplinario.

Estos cambios fueron sugeridos por integrantes de la Defensoría Universitaria de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI). Su asesora legal Elba Acevedo Rojas explicó que es necesario que nuevos operadores de justicia se encarguen de resolver las denuncias, pues cuando estas llegaban a las facultades el proceso se ralentizaba.

«O incluso podía servir para proteger al agresor o agresora, usualmente porque es docente y este ocupa un cargo dentro de la universidad. Adicionalmente, las facultades tienen diversos temas académicos que resolver, por lo que pasarles un tema bastante especializado, como la violencia sexual, no es conveniente, sino más bien perjudicial para la o el denunciante», comentó.

Ahora, las quejas tendrán que ser recepcionadas por la Secretaría de instrucción, cuya función es realizar la investigación preliminar y elaborar un informe final de precalificación de los cargos imputados. El encargado de esta área deberá conocer sobre derecho administrativo sancionador y/o derechos humanos, además de «contar con formación en género».

El informe final deberá ser remitido a la Comisión disciplinaria para actos de hostigamiento sexual, cuya función es resolver la acusación en primera instancia. Representantes del Centro Universitario y del alumnado tendrán que elegir la estructura y el número de miembros de esta comisión. Serán tres personas como mínimo.

El mismo proceso seguirán para elegir a los miembros del Tribunal Disciplinario, cuya función es resolver la acusación en segunda instancia.

PROCESO PARA DENUNCIAR

La denuncia podrá seguir siendo presentada por la denunciante, un tercero o de oficio, de forma verbal, escrita, presencial o electrónica. También se brindarán medidas de protección.

Un nuevo aspecto que incluye el reglamento es la lectura de los derechos que asisten a la denunciante, «tomando las medidas necesarias para asegurar el deber de confidencialidad y la no revictimización». Luego, la Secretaría de Instrucción dará 4 días calendarios al acusado para que brinde sus descargos. Tras culminar la etapa de investigación preliminar, esta entidad determinará si la denuncia se archivará o avanzará a la Comisión disciplinaria para actos de hostigamiento sexual.

Los integrantes de esta comisión realizarán una audiencia si así se requiere, donde la denunciante podrá sumar información relevante que esclarezca los hechos. Los miembros tendrán hasta 5 días calendario desde que recibieron el informe final de Secretaría de Instrucción para emitir la resolución final. Deberán avanzar aunque no tengan los descargar de la persona investigada.

Ante el Tribunal Disciplinario, puede interponerse un recurso de apelación hasta cinco días calendario después de que se dio a conocer la decisión de la comisión. Este ente tendrá hasta tres días calendario para resolver el pedido.

Acevedo señaló que aún está pendiente que el reglamento de la Ley 27942 considere un tratamiento para que los agresores entiendan la violencia de género.

También hace falta que se ejecuten programas a largo plazo para prevenir el hostigamiento y la violencia sexual.

«Para ello, se necesitan políticas públicas y quienes se encarguen de realizarlo sean de las direcciones de género, derechos humanos y diversidad sexual de cada facultad», opinó.