Este miércoles 11 de diciembre, la presidenta Dina Boluarte promulgó la Ley 32181, la cual modifica el Código Procesal Penal eliminando la posibilidad de ordenar detenciones preliminares en ausencia de flagrancia. La norma ha generado preocupación entre sectores judiciales y fiscales, ya que restringe una herramienta esencial en la lucha contra el crimen organizado y la corrupción.
La reforma elimina el apartado ‘a’ del numeral 1 del artículo 261 del Código Procesal Penal. Este apartado permitía a un juez, a solicitud de un fiscal, disponer detenciones preliminares en casos de delitos graves con penas superiores a cuatro años de prisión, incluso si no había flagrancia, siempre que existieran motivos fundados y riesgo de fuga o interferencia en las investigaciones.
Con la nueva ley, los fiscales únicamente podrán solicitar detenciones preliminares cuando el delito haya ocurrido en flagrancia, es decir, dentro de las 48 horas posteriores a su ejecución. Esto implica que delitos como homicidios, robos, violaciones o corrupción solo permitirán arrestos inmediatos si el perpetrador es sorprendido en el momento del acto.
Durante el debate parlamentario, esta modificación pasó desapercibida, ya que el Congreso estaba enfocado en otorgar mayor respaldo a los policías que empleen sus armas de reglamento. Sin embargo, la normativa tendrá un alcance general y se aplicará a todos los investigados, no solo a miembros de la policía.
La ley entra en vigor este jueves 12 de diciembre, marcando un cambio significativo en el sistema de justicia penal del Perú y generando dudas sobre su impacto en la lucha contra el crimen organizado. La reforma podría dificultar investigaciones de redes criminales internacionales, que operan con rapidez y sofisticación, debilitando la capacidad de respuesta del sistema judicial.
Especialistas en derecho penal han manifestado su preocupación. Consideran que esta reforma podría favorecer la impunidad y desalentar investigaciones en casos que involucren a figuras de alto rango o funcionarios públicos. Raúl Canelo, decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), calificó la ley como inconstitucional y peligrosa, advirtiendo que limita la labor de jueces y fiscales y compromete la independencia del sistema judicial.
Además, Victor Cubas, el vocero del Ministerio Público advirtió que esta ley podría generar que el feminicida Gerson Alexander Juárez Tapia quede libre en los próximos días.