Según una encuesta desarrollada por la organización Capital Humano y Social (CHS alternativo), 3, 4 millones de peruanos se reconocen como víctimas de este delito, sin embargo el Ministerio Público registró solo 37 denuncias en el año 2022.
Una encuesta realizada por Capital Humano y Social Alternativo (CHS Alternativo), en alianza con el Instituto de Estudios Peruano (IEP), reveló que 3,4 millones de peruanos se auto perciben como víctimas del delito de trabajo forzoso. Sin embargo, según data del Ministerio Público el 2022 solo se presentaron 37 denuncias.
La encuesta además reveló que 54% de peruanos no comprende en qué consiste el trabajo forzoso, y el 18% no sabe a dónde acudir para pedir ayuda, o denunciar este delito.
Según CHS Alternativo, esto evidencia que existe escasa información, ya que si bien esta cifra triplicó la del 2019, año en el que se registraron 11 denuncias, no representa la situación real en el Perú, por lo que se puede hablar de “un amplio subregistro de casos”, señala la organización.
“En realidad no hay mucha data del trabajo forzoso en el Perú, es un delito invisibilizado que se denuncia poco. Por una parte porque la gente desconoce sus derechos pero también por desconocimiento de los operadores de justicia y de servicios”, aseguran desde la organización.
Además señalan que según las cifras de la Dirección Contra la Trata de Personas de la Policía Nacional se registraron 12 casos atendidos de trabajo forzoso en 2023, todos de menores de edad. Pero es importante considerar que las cifras de la Policía Nacional siempre son menores a los casos que llegan a la Fiscalía.
Plan contra el trabajo Forzoso venció el 2022
Si bien el Estado peruano publicó el III Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, este regía en el periodo 2019-2022, por lo que actualmente no tiene vigencia. Según Luis Enrique Aguilar, director de Políticas y Estrategias de CHS Alternativo, hay demoras para la aprobación de una política pública que reemplace este plan, y tampoco se tiene destinado un presupuesto para combatir este delito.
“Tal como está ocurriendo con la trata de personas, la criminalidad en este delito va a escalar. Debemos actuar antes de que la situación sea incontrolable, pues entonces la capacidad del Estado será menor y las más golpeadas serán las poblaciones vulnerables, tal como hemos identificado que está sucediendo en Loreto, en las actividades criminales de oro, madera, narcotráfico y explotación sexual», manifestó.
Por otro lado, Aguilar comentó que si bien el Estado ha reglamentado la ley que crea el Observatorio Nacional de Trabajo Forzoso y se ha implementado un acuerdo plenario para establecer las diferencias del trabajo forzoso con otros delitos similares, “aún no se sabe cómo se implementará este observatorio de trabajo forzoso o cómo será su funcionamiento”.
¿Qué es el trabajo forzoso?
Según el portal del Gobierno del Perú, se entiende por trabajo forzoso, toda actividad que restringe la libertad del trabajo de las víctimas, y es exigida bajo amenaza. “En ese sentido, el trabajo forzoso es una afectación a la dignidad humana. Esto supone una restricción ilícita de la capacidad de la persona para decidir si trabaja o no, para quién y en qué condiciones”, se lee en el portal.
Además, CHS Alternativo aclara que la amenaza y la restricción de la libertad laboral pueden darse en cualquier momento incluso si existe un vínculo laboral formal o informal. Y señala que la legislación peruana sanciona este delito con una pena privativa de la libertad no menor de 6 años ni mayor a 25, dependiendo de los agravantes.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) por su parte, señala como indicadores del trabajo forzoso, el engaño, abuso de vulnerabilidad, restricción de movimiento, aislamiento, violencia física y/o sexual, intimidación y amenazas, retención de documentos de identidad, retención de salarios, servidumbre por deudas, condiciones de trabajo y vida abusiva y tiempo extra excesivo.