Estado perderá más de S/1,200 millones por fallo del TC sobre extinción de dominio
La reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que limita los alcances de la figura de extinción de dominio, podría provocar el archivo, solo en Lima, de 762 casos, con la devolución de los bienes ya incautados.
Asimismo, según una evaluación oficial presentada por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, de aplicarse la sentencia en todos sus términos, el Estado dejaría de recuperar al menos S/1.202 millones en bienes obtenidos ilícitamente.
Beneficios para redes criminales
El caso Odebrecht, que hasta ahora ha involucrado a expresidentes y figuras políticas como Pedro Pablo Kuczynski, Martín Vizcarra y Alejandro Toledo, tendría que archivarse en 33 expedientes que representan una pérdida de S/880 millones 407 mil 483 para el Estado.
Otro de los casos emblemáticos que podría beneficiarse es el del clan Orellana, organización liderada por Rodolfo Orellana, procesado por lavado de activos y corrupción de funcionarios. Sobre este caso se perderían S/259 millones incautados a esa red criminal, que enfrenta 99 procesos en total.
La Fiscalía también alertó sobre el riesgo de devolución de bienes en los siguientes casos:
- “Camarada Artemio” (Florindo Flores Hala): pérdida de S/3.1 millones.
- Vladímir Cerrón: S/1.59 millones.
- Ollanta Humala: S/740 mil.
- José Luna Gálvez y Adolfo Castillo («Los gánsters de la política»): S/7.4 millones.
- Elías Cuba y “Los Intocables Ediles”: S/14.8 millones.
- Roberto Torres y Katiuska del Castillo (“Limpios de la Corrupción”): S/7.4 millones.
- Vladimiro Montesinos (caso Venero Garrido): S/222 mil.
- Lucio Tijero: S/3.3 millones.
- Congresista José Arriola Tuero: S/296 mil.
- Ernesto Flores Vilches (azucareras del norte): S/3.25 millones.
- Dani Hamilton Gallegos Guzmán («Gallegos del Santa»): S/1.4 millones.
- Los Duros del Amazonas: S/1.1 millones.
- Terrenos de San Bartolo (Jorge Bartelmes): S/5.5 millones.
- Jaime Villanueva Barreto: S/1.095 millones.
En total, el perjuicio acumulado por todos estos casos supera los S/1.202 millones, según los fiscales, y aunque la investigación penal en estos casos continuará —como lo señala la sentencia—, la imposibilidad de extinguir el dominio de los bienes incautados podría dejar sin impacto económico a las investigaciones.
La estrategia fiscal ante el fallo
Ante el escenario actual, el Ministerio Público señaló que no archivará automáticamente todos los casos. La decisión dependerá de pronunciamientos caso por caso del Poder Judicial, que deberá interpretar si la sentencia tiene o no efectos retroactivos, según lo establece el artículo 204 de la Constitución.
Además, se ha activado un “plan B”: que las fiscalías penales (corrupción, crimen organizado, lavado de activos) realicen incautaciones preventivas en sus investigaciones para evitar que los bienes desaparezcan o sean transferidos antes de que concluyan los procesos.
El fallo y su contradicción
Además, el cuestionamiento de está la Ley 32326, aprobada por el Congreso, es que modificó el Decreto Legislativo de Extinción de Dominio al establecer que solo puede extinguirse el dominio de un bien tras una sentencia penal firme. Esto contradice la lógica original de esta figura legal, creada justamente para actuar de manera autónoma y más rápida que el proceso penal.
“Lo bueno de la extinción de dominio era que funcionaba con rapidez. Ahora vamos a tener que esperar sentencias firmes que pueden tardar 5 o 6 años”, lamentó el fiscal Cano.
La sentencia del TC reconoce esta autonomía, pero con la advertencia de que no puede ser absoluta. El fallo indica que si una persona es absuelta de pertenecer a una organización criminal, no tendría sentido mantener la extinción de los bienes relacionados a ese delito. En ese caso, estos deberían ser devueltos o indemnizados.
Sin embargo, el Tribunal también aclara que si el proceso penal concluye por causas distintas —como prescripción o fallecimiento del acusado— no debería invalidarse automáticamente la extinción de dominio. Esto, aseguran los magistrados, preserva el espíritu de la figura como herramienta contra el crimen organizado.
Aunque el TC todavía debe pronunciarse sobre la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 32326, esta sentencia da señales claras del criterio que podría seguir. Mientras tanto, la Fiscalía advierte que el daño podría ser irreparable si no se revierte el cambio legal.
Recordemos, que el actual defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, ex abogado de Vladimir Cerrón y uno de los beneficiados de la sentencia del TC, fue quien presentó la demanda de inconstitucionalidad contra algunos artículos de la Ley de Extinción de Dominio.
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