Los jóvenes pertenecen a Cuyo Grande, comunidad quechua ubicada en el distrito de Pisac, provincia de Calca, departamento de Cusco y fueron, como muchos cusqueños, a protestar contra el régimen de Dina Boluarte en las movilizaciones de 2023. Sin embargo, fueron detenidos de forma arbitraria por la Policía. Los magistrados de una región y ciudad con gran carga histórica no tomaron en cuenta la justicia ancestral e indígena para emitir su decisión.

Por Jair Sarmiento

Este miércoles 31 de julio, el Poder Judicial condenó a 6 y 7 años de prisión y una reparación de miles de soles a cuatro jóvenes comuneros cusqueños por haber salido a protestar contra el régimen de Dina Boluarte. Se les acusa por haber causado el delito de disturbios y entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos, sin embargo, abogados mencionan que no existen pruebas y que por el contrario abundan contradicciones, racismo, y un desconocimiento de las leyes de las comunidades originarias.

Richard Camala (23), Ferdinán Huaccanqui (34), Redy Huamán (23) y Joel Hivallanca (22) son los nombres de los cuatro jóvenes que el 31 de enero de 2023 participaron de las movilizaciones en Cusco, sin embargo, pasadas unas horas, fueron detenidos de forma arbitraria y violenta por la Policía Nacional del Perú (PNP).

Según relatan los abogados defensores, durante esta intervención policial, se cometieron irregularidades, por ejemplo, en la comisaría de Tahuantinsuyo se redactaron actas de registro y de intervención policial que se hizo firmar a los detenidos sin que puedan leer el contenido. Uno de ellos no sabía leer ni escribir en castellano porque era quechuahablante. Otro punto importante es que los policías fueron a buscar a supuestos agraviados, quienes no fueron por voluntad propia a denunciar sino que fueron trasladados en camionetas de la PNP.

A pesar de ello, de forma veloz, en los siguientes días de febrero de 2023, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Vacaciones de Cusco ordenó 9 meses de prisión preventiva contra los jóvenes comuneros y esta fue confirmada en primera instancia a fines de dicho mes.

Fiscales sin sustento ni pruebas

Durante las apelaciones de los abogados defensores de los cuatro jóvenes comuneros se denunciaron que no hay sustento ni argumento por parte de los representantes de la Fiscalía.

Un elemento importante es el arraigo domiciliario ancestral de los jóvenes comuneros, el cual fue sustentado por sus abogados defensores. Desde sus ancestros, viven en un punto determinado dentro de su territorio y sus hijos continuarán ese legado. Asimismo, son comuneros calificados según la Ley General de Comunidades Campesinas.

Según el artículo 5 de dicha ley: «Son comuneros los nacidos en la comunidad, los hijos de comuneros y las personas integradas a la Comunidad». Y uno de los requisitos para ser comunero calificado es tener una residencia estable no menor de cinco años en la comunidad. Cabe agregar que los comuneros también presentaron constancias de posesión de tierras.

Sin embargo, los magistrados superiores cusqueños desconocieron esta ley que respalda a comunidades originarias, por lo cual se menospreció a la cultura indígena, demostrando también una total falta de interculturalidad para tomar decisiones legales. Esto ha sido señalado por los mismos familiares, abogados, especialistas y la sociedad civil.

Los abogados señalaron que no hay ninguna evidencia que corrobore la presencia de sus patrocinados en los disturbios. Un detalle relevante es que los supuestos agraviados indican un color de ropa diferente al que portaban los cuatro jóvenes comuneros de Cuyo Grande. En pocas palabras, una contradicción.

Asimismo, no hay evidencia de armas u objetos peligrosos en la detención, ni reconocimiento y pruebas videográficas que acrediten dichos delitos, según sostienen los abogados.

La defensa legal de los imputados ha dicho que presentarán recurso de casación, considerando que la sentencia es excesiva.considerando que la sentencia es excesiva.