Por ´Álvaro Meneses
Tras la llegada del primer paquete de vacunas contra el coronavirus, el Gobierno confirmó que las personas privadas de su libertad están incluidas en la segunda fase de vacunación; es decir, después del personal de salud, administrativo y de limpieza del Ministerio de Salud, el Seguro Social de Salud del Perú (Essalud), así como los agentes de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, bomberos, Cruz Roja, serenazgo, estudiantes de la salud y miembros de las Mesas Electorales.
De acuerdo a la planificación del Ministerio de Salud, la población ubicada en la segunda fase de vacunación son los adultos mayores de 60 años, personas con comorbilidad, comunidades indígenas, personal del Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE) y las personas privadas de su libertad.
¿Por qué es importante priorizar la vacunación para las personas recluidas en los penales? Los expertos lo explican.
Por salud
De acuerdo al neumólogo David Zavala, especialista en el tratamiento de la tuberculosis y con experiencia en atención médica en los centros penitenciarios, la población privada de su libertad, dentro de la salud pública, es considerada una de las más vulnerables. “Sobre todo por el alto hacinamiento que existe, pueden ser fácilmente afectados por cualquier enfermedad infecciosa, mucho más las de tipo respiratoria, como la tuberculosis y actualmente el coronavirus”, comenta Zavala para Wayka.
Además de las personas privadas de su libertad, en las cárceles también se encuentran los trabajadores del INPE y agentes de la PNP en la parte exterior. Para Zavala, estos grupos son una “población puente” que permitiría propagar el coronavirus. “Bien pueden introducir el virus del exterior hacia adentro, o exportar el virus, del penal hacia afuera. Esto afecta también a la población en general, cuando los penales se vuelvan focos infecciosos”.
Son derechos
Para Stéfano Corzo, sociólogo e investigador del Área de Seguridad Ciudadana del Instituto de Defensa Legal (IDL), coincide en que los penales son focos infecciosos de la enfermedad, y que estos finalmente son responsabilidad del Estado. “Que estén presos no les quita sus derechos básicos, como a la salud, integridad física y mental. Son obligaciones que el Estado debe reconocer”, apunta Corzo.
El investigador del IDL también precisa que el acceso a la vacuna en los centros penitenciarios también va dirigida a los reclusos sin sentencia. “En el Perú tenemos a un 39% de población reclusa sin sentencia, por lo tanto, al no considerar a esta gente que vive en condiciones de hacinamiento extrema, se les estaría condenando a morir”, agrega.