El sacerdote Ronald Peña lleva tres años al frente de la parroquia San Agustín de Pacasmayo. Dictaba clases en un colegio Santa Inés del distrito de Guadalupe, provincia de Pacasmayo región de La Libertad. Fue detenido el sábado por agentes del Escuadrón de Emergencia cuando se encontraba con una menor de 16 años dentro de un hostal. Pero fue liberado a las horas.

El párroco fue liberado a horas de ser intervenido porque la menor aseguró ser su «enamorada». La fiscal encargada del caso, Noemí Sánchez, tomó esta decisión porque señala que la menor dijo ser “enamorada” del párroco. A pesar de que él era su profesor de religión y tiene además 38 años, mientras que ella apenas 16.

“No se trata de un hecho de connotación penal”, aseguró Sánchez, pues a partir de los 14 años los menores pueden tener relaciones sexuales voluntarias o consentidas. “Estamos frente a un acto repochable, inmoral que debería ser sancionado por las autoridades administrativas correspondientes”, sentenció la fiscal.

Libre consentimiento o consentimiento limitado

Sobre la decisión tomada por la fiscal Noemí Sánchez, la abogada especialista en relaciones de género y derecho, Beatriz Ramírez, comentó a Wayka que esto responde a la interpretación que se le da al ‘libre consentimiento’: “hoy en día se considera violación solo cuando hay violencia o grave amenaza”.

Según Ramírez la fiscal está desconociendo el Acuerdo Plenario en delitos sexuales, en donde se define la grave amenaza como cualquier entorno que te impide un libre consentimiento. “Cuando hay una persona en una situación de poder como en este caso, no podemos hablar de un consentimiento libre”.

 

¿De qué se libra el sacerdote Ronald Peña?

Con una correcta interpretación y una investigación con enfoque de género que tenga en cuenta la relación de poder entre el sacerdote y la adolescente, Ronald Peña afrontaría una condena por violación sexual agravada por su condición de sacerdote y le correspondería una pena entre 12 y 18 años.
“En el Artículo 170 de la Constitución, es violación agravada cuando quien comete la acción tiene una relación de superioridad”, explicó Beatriz Ramírez.

 

¿Se puede considerar consentimiento la decisión de una menor?

Sobre esto Beatriz Ramírez explicó: “Es correcto escuchar a la víctima. Pero justamente para analizar la ‘grave amenaza’ hay que ver el contexto y no tomar todo de manera literal. La víctima es una adolescente, está en una etapa en donde es absolutamente vulnerable”.

El párroco se vale de la ley que valida el consentimiento desde los 14 años de edad. Sin embargo, la investigación no parece haber indagado en si hubo o no una relación de poder, un consentimiento realmente entendido y libre, o fue manipulado por el párroco para evitar problemas con la justicia.

 

Justicia machista

Para la abogada feminista y defensora de derechos humanos María Ysabel Cedano, la corrupción dentro del sistema judicial no brinda garantías legales a las mujeres. Según Cedano, la falta de investigación y la interpretación tan cerrada de la fiscal encargada del caso no permite una lucha frontal contra la violencia sexual. “El párroco debió quedarse en prisión preventiva. Hay que investigar si hay más casos porque él era su profesor”.

Por su parte, el Arzobispado Metropolitano de Trujillo lo suspendió. El gerente de Educación, Rafael Moya, consideró el caso como grave y dispuso que la UGEL de Pacasmayo investigue el caso.