Redacción Wayka
La Procuraduría Pública del Ministerio de Cultura, a cargo de Henmer Alva Neyra, se mostró en contra de que se aplique la consulta previa a la comunidad campesina La Arboleda de Puno, el lugar donde se desató el conocido ‘Aymarazo’ en 2011.
En una carta dirigida al Tribunal Constitucional el pasado 2 de mayo de 2017, el procurador del Ministerio de Cultura, Henmer Alva Neyra, expresó: “presentamos a continuación un conjunto de argumentos que sustentan nuestra posición por la que consideramos que la demanda deba ser declarada infundada”.

A la demanda que se refierió el procurador Henmer Alva es a la acción de amparo presentada por la comunidad campesina La Arboleda, situada entre los distritos de Tiquillaca y Atuncolla, en Puno, en setiembre de 2011.
Ese año, después de los meses más críticos del ‘Aymarazo’, los comuneros de La Arboleda presentaron la acción de amparo para que se realice la consulta previa. Sin embargo, no contaban con que la procuraduría del Ministerio de Cultura se oponga a tal derecho.
Como se recuerda, el ‘Aymarazo’ surgió luego de que las comunidades se enteraran que el 60% de sus tierras habían sido cedidas por concesión a la minera canadiense Bear Creek, sin su consentimiento ni notificación.
“Literalmente, el Ministerio de Cultura se ha convertido en mesa de partes del Ministerio de Energía y Minas, porque en vez de defender el derecho de las comunidades a la consulta previa, le pone piedras”, expresa Juan Carlos Ruiz Molledo, abogado del Instituto de Defensa Legal especializado en comunidades indígenas.

Los motivos
El argumento principal por la que la procuraduría del Mincul se opuso a la consulta previa es porque asumen a la concesión minera como “un derecho expectaticio donde solo se tiene conocimiento respecto a la extensión de la misma, mas no respecto al tipo de operación, impactos y maquinaria”.
Ante esto, el letrado del IDL, Juan Carlos Ruiz Molledo recomienda complementar una consulta en varios momentos del proyecto minero. “Si se admite la consulta de concesiones es evidente que deberá también realizarse una segunda luego de tomarse conocimiento del Estudio de Impacto Ambiental, donde se precisan los impactos del proyecto”, apunta Ruiz.
Finalmente, el procurador Alva Neyra concluyó que la consulta previa en ese contexto “desnaturalizaría el contenido esencial de dicho derecho”.