Por Graciela Tiburcio Loayza
Avance en los derechos LGBTI. El Poder Judicial ha ordenado al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), inscribir legalmente el matrimonio lésbico entre las peruanas Susel Paredes, gerenta de Fiscalización de la Municipalidad de La Victoria, y la abogada Gracia Aljovín quienes contrajeron nupcias en Miami el 2016.
La sentencia en primera instancia marca un precedente importante en la búsqueda por garantizar los derechos de la comunidad LGBTI. Así lo considera Susel Paredes, quien en conferencia de prensa contó junto a su esposa, Gracia Aljovín, cómo se conocieron y la lucha que están dispuestas a hacer.
Ambas señalaron que continuarán hasta el final con este proceso para que todas las personas integrantes de la diversidad sexual puedan gozar plenamente de sus derechos.
«No se trata de que la gente tenga que ir al extranjero a casarse. Es una locura pretender que se tenga que salir del país para hacerlo. Se trata de ir cambiando la comprensión que tiene la sociedad sobre los derechos de la comunidad LGBTI», resaltó Aljovín.
RENIEC tiene tres días para apelar la sentencia, desde el momento en que es notificado oficialmente. La pareja espera que acepten el fallo en primera instancia.
“El procurador (de RENIEC) puede no apelar, tiene razones jurídicas para no hacerlo, [o] puede apelar (…). Si nosotras perdemos el proceso en el Perú, vamos a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, porque en esa instancia ya hay pronunciamientos muy detallados y precisos que afirman nuestro derecho al matrimonio igualitario”, enfatizó Paredes.
Precisamente, es la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), quien en la Opinión Consultiva N° 24 sobre identidad de género, igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo, insta a los Estados a “reconocer y garantizar todos los derechos que se derivan de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo”.
Este ha sido el fundamento del especialista legal Luis Estrada del Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, para dejar sin efecto el artículo 234 del Código Civil que señala que “el matrimonio es la unión libremente concertada entre varón y mujer”.
Al respecto, la Sala precisa que el mencionado artículo afecta el derecho fundamental de las parejas LGBTI, reconocido en la opinión consultiva de la Corte IDH y en la Convención Americana de Derechos Humanos.
“Esta opinión consultiva fundamenta su decisión, partiendo de que la familia debe ser entendida de una forma amplia y de acuerdo a la evolución social, las familias compuestas por personas del mismo sexo deben acceder a la protección de sus derechos ante la ley y las instituciones deben reconocer estos derechos, en igualdad de condiciones. (…) Es justicia que las personas deben alcanzar, con la realización de sus derechos de manera igualitaria, lo que incluye a las minorías sexuales”, dictamina la sentencia.
De la misma forma, reconoce que el significado de familia “tenía un concepto bastante restringido” y que gracias a las legislaciones y la jurisprudencia se ha “avanzado para extender derechos (…) a las familias del mismo sexo”.
El Poder Judicial también señala que quienes constituyen “una mayoría de personas heterosexuales” deben “asumir los cambios con tolerancia” y determina que los conceptos jurídicos evolucionan “en tanto se amplían los derechos”.
La Defensoría del Pueblo es otra de las instituciones del Estado que saludó el fallo a favor del matrimonio entre Paredes y Aljovín. A través de sus redes sociales, resaltan que la sentencia “coincide con lo señalado por nuestra institución, en que son derechos de las personas del mismo sexo constituir una familia y contraer matrimonio”.
Derechos en espera
No es la primera vez que el Poder Judicial reconoce el derecho al matrimonio igualitario. En diciembre de 2016, el Séptimo Juzgado Constitucional de Lima ordenó a RENIEC inscribir el matrimonio de Óscar Ugarteche y Fidel Aroche, quienes se casaron en octubre de 2010 en México.
En ese entonces, el RENIEC apeló utilizando el mismo argumento para rechazar su solicitud, amparándose en el artículo 234 del Código Civil. Siete años después, Ugarteche y Aroche continúan a la espera de la sentencia definitiva del Tribunal Constitucional.
“Estamos pendientes del caso de Oscar Ugarteche, no sabemos cuál es la sentencia final que se dará, pero el tener dos fallos favorables en primera instancia del Poder Judicial abre una trocha para reconocer los derechos de las lesbianas, gays y bisexuales”, declaró Aljovín.
Probablemente el reconocimiento de la unión entre Susel Paredes y Gracia Aljovín se dificulte de la misma forma. Ambas son conscientes que este es un proceso largo y arduo; sin embargo, no darán su brazo a torcer.
“La sentencia abre la posibilidad de que se registren los matrimonios ante RENIEC. Estos triunfos nos permiten cambiar la mentalidad de la sociedad y se reconozcan los derechos de toda la comunidad. Tenemos que reivindicar el derecho a ser felices”, concluyó Paredes.