Foto: Rodolfo Angulo

Una practica muy común en las empresas es pedirles a sus trabajadores laborar horas extras de manera obligatoria con la amenaza de ser despedidos si se niegan a hacerlo.

Para combatir este tipo de explotación laboral, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) establece en el protocolo del Convenio 29 de trabajo forzoso, que se sancione de manera penal a quienes exijan u obligen a trabajar a sus empleados.

Sin embargo,  la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) entre otros gremios empresariales han enviado una carta al actual Ministro de Trabajo, Alfondo Grados, para que este protocolo del convenio 29 no sea firmado.

En este documento cuestionan que las horas extra sean consideradas trabajo forzoso y que se aplique una sanción penal. Lamentablemente, en cuanto a un castigo de tipo penal, el Ministerio de Trabajo y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral  (SUNAFIL) ya han manifestando que no se aplicará en nuestro país, y el empresariado pide ratificar esta decisión de manera oficial para que no sea efectiva.

«Los gremios empresariales presionan para desregular las relaciones laborales sin medir las consecuencias de esto (…) La OIT establece en el Protocolo del Convenio 29, una definición bastante clara. Si un empleador amenaza con despedir a un trabajador que no acepte hacer horas extras, esta acción debe ser entendida como “trabajo forzoso” y por lo tanto recibir una sanción penal», consideró Carlos Mejía, asesor de la CGTP.

Actualmente, cuando un trabajador es obligado a laborar horas extra, la empresa solo recibe una multa y no se defiende de manera más drástica este atropello a los derechos laborales.