Mediante un proyecto de ley, la congresista impulsora de la vacancia busca limitar el derecho constitucional que tienen los ciudadanos para someter a votación ciertos cambios a la Carta Magna. Si se aprueba su propuesta, el Congreso también usurparía funciones del Jurado Nacional de Elecciones.

Redacción Wayka

La congresista de Avanza País Patricia Chirinos presentó el proyecto de ley 715/2021, que busca impedir que los ciudadanos organicen elecciones para que los peruanos voten si están a favor o en contra de determinados cambios en la actual Constitución.

Así, mediante una iniciativa legislativa, Chirinos limita un derecho constitucional que permite que todos los peruanos puedan impulsar referéndums mediante la recolección de las firmas de 2.5 millones de personas que suscriben cambios en la Carta Magna.

En su iniciativa, titulada «proyecto de ley que modifica la ley de los derechos de participación y control ciudadanos», se lee que los ciudadanos no pueden someter a consulta popular «iniciativas inconstitucionales». Pero no especifica qué quiere decir este término.

Si los peruanos avanzan con estas «iniciativas inconstitucionales», la congresista Chirinos indica que puede interponerse una demanda contra estas propuestas ante el Tribunal Constitucional.

Estarían facultados para presentar esta demanda el presidente de la República, el fiscal de la Nación, el defensor del Pueblo, el 25% del número legal de congresistas o cinco mil ciudadanos firmantes. Esto a pesar de que el Tribunal Constitucional solo puede admitir demandas contra leyes, mas no contra propuestas de ley.

Asimismo, la congresista Chirinos busca que el Congreso usurpe funciones del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), pues propone la modificación del artículo 44 de la Ley de los derechos de participación y control ciudadanos.

Según esta ley, solo el Jurado Nacional de Elecciones puede convocar a referéndum sobre cambios constitucionales, luego de que reciban los 2.5 millones de firmas de ciudadanos que están de acuerdo con este objetivo.

Si se aprueba la iniciativa legislativa de Chirinos, solo el Congreso de la República podrá convocar a referéndum.